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El estancamiento del Decreto de Homologación, claves para su entendimiento

 

medica.jpg (10864 bytes)¿Cuál es la razón por la que el controvertido Decreto 1753/98, de Homologación de los médicos generales con los de familia no siga adelante? Ante esta interrogante, casi todas las miradas se vuelven acusadoras hacia la Administración, por "no mover ficha" en un tema que se prolonga demasiado en el tiempo. El hecho cierto es que desde la promulgación del ya célebre Decreto han pasado dos años de "impasse" aparentemente inexplicable. Las posturas varían entre las partes implicadas, y van desde quienes aceptan la resolución oficial en su integridad como la semFYC, hasta quienes decididamente lo rechazan, caso de la SEMG. Entre tanto, en Sanidad nadie se pronuncia al respecto.

Natalia Barrientos 


Hasta agosto del presente año, los datos oficiales revelaban que había registradas 357 solicitudes "sin cribar", esto es, sin ser evaluadas, relacionadas con la homologación del título de Medicina de Familia. A este respecto, el subsecretario de Sanidad, Julio Sánchez Fierro, manifestó que se había establecido en "500 preseleccionados" el número idóneo para poder poner en marcha la prueba que permitirá, al menos sobre el papel, que los pre-95 accedan a dicho título, al amparo del decreto 1753/98 de "homologación". También recalcó el subsecretario que este "asunto" se iba a acelerar, de momento, con la creación inminente de la Comisión Mixta Interministerial que ha de evaluar el papeleo de los "homologables", léase aptos para asumir la prueba final de competencia profesional, a la vez que se van a plasmar en un documento los criterios de funcionamiento por los que la misma se ha de regir. No deja de resultar sorprendente lo exiguo de la cifra, ya que los cálculos aproximados ?oficialmente no hay nada al respecto? elevan a 12.000 el número de médicos que estaría en condiciones de solicitar el título en cuestión. De momento el plazo es hasta el 2008.

Pero uno de los asuntos más serios que han surgido últimamente, entre otras cosas porque ha dejado al descubierto la magnitud del problema en toda su crudeza, son las convocatorias a oposiciones para interinos o contratos temporales. No en vano el doctor Lorenzo Fleitas, vicepresidente de semfyc, declara que la principal preocupación de la Sociedad científica que representa son las contrataciones temporales".

En la actualidad no hay baremo de contratación de esta índole que no sea llevado ante los tribunales. En el momento de redactar estas líneas había cerca de cuatro o cinco acciones judiciales contra ellos, que en la mayoría de los casos han llevado a la suspensión cautelar de los mismos. Es el caso de Asturias, Aragón, León, Galicia y Granada. Los abogados, entre tanto, trabajan a destajo mientras los médicos afectados se debaten en medio de la incertidumbre más desoladora.

En ocasiones, caso de Galicia, la suspensión cautelar ordenada como primera medida por un tribunal gallego, marcó un antes y un después en el devenir del tema en cuestión cuando posteriormente ese mismo tribunal se echó marcha atrás en su decisión inicial. En otro momento, la balanza se inclinó hacia los médicos generales, como en Asturias, donde llegó a intervenir el Tribunal Supremo. También aquí se ha marcado un "antes y un después" de este hecho en relación con el Decreto de Homologación.

Sin embargo, uno de los conflictos más recientes y "sonados" quizá haya sido el de Castilla y León, donde un pacto entre la Consejería de Sanidad de esta Comunidad Autónoma con las representaciones sindicales locales (CC.OO, CSIF, USCAL y CEMSATSE) dejó sin puntuar la formación MIR de los licenciados post 95, para una convocatoria de sustitutos.

Luego, en León, la última OPE para médicos de Primaria del Insalud el baremo batió su propio récord: hasta 21 puntos otorgaba a quienes ostentaban el MIR de familia, en detrimento de quienes habían obtenido el título de Medicina de Familia por otras vías. El presidente de Unión Sindical de Castilla y León (USCAL), Fernando Gutiérrez, no ocultaba su perplejidad: "Educación y Sanidad tienen que aclarar para qué sirve un título en Medicina, porque es necesario que ser licenciado en Medicina valga para algo." De momento, esta convocatoria está en dique seco. Y a propósito de OPES, el Insalud ha decidido mantener el baremo que tiene establecido para Primaria, a pesar de las presiones de semfyc, que exige que no se puntúe el acceso al título a través de vías extraordinarias.

Poco después, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón suspendía el baremo de contratación de interinos de Primaria establecido por el Gobierno aragonés. ¿La razón? Estudiar hasta qué punto es justo puntuar el MIR de Familia entre los licenciados después de 1995. Nuevos juicios y más alegatos. En esta oportunidad es semfyc la que ha visto lesionados sus intereses, por lo que ha decidido recurrir la suspensión.

Uno de los hechos más recientes ha sido la anulación "cautelar" por un tribunal de Huesca, del baremo de contratación temporal del Insalud de esa localidad, ante el requerimiento de Fasamet, sindicato de médicos titulares. 

Antecedentes
Como de todos es sabido, el Decreto 1753/98 de Homologación contempla que los médicos licenciados antes de 1995 podrán acceder al título de especialista en Medicina Familiar y Comunitaria siempre y cuando cumplan los requisitos de presentar un curriculum en el que se demuestre tener cinco años de experiencia, poseer una formación complementaria de 300 horas y haber superado una prueba de competencia.

Abundando aún más en este punto, se observa que la controvertida norma alberga tres partes: una de ellas es la unificación bajo la denominación "médico de familia" a todo aquel facultativo que trabaja en una plaza con ese perfil profesional en la Atención Primaria, independientemente de que tenga el título de la especialidad y al margen de cualquiera que haya sido la vía por la que lo ha adquirido.

En segundo lugar está la forma de acceso a la titulación para todos aquellos médicos con el perfil anterior, que no tienen una posibilidad legal de acceder a la titulación, aunque toda su vida estén ocupando una plaza de Medicina de Familia. En este apartado hay, a su vez, tres requisitos para acceder a la titulación: la primera, demostrar una formación complementaria de 300 horas correspondientes a los módulos que la misma resolución describe, impartidas por instituciones como la propia Administración sanitaria (Consejerías de Sanidad e institutos de salud correspondientes), las Sociedades Científicas, la Organización Médica Colegial, las Universidades…Además, se requieren cinco años de ejercicio en Atención Primaria y, una vez presentadas esas dos condiciones -los cinco años de ejercicio y las 300 horas de formación complementaria- es necesario pasar una prueba de evaluación de la competencia profesional. ¿Quién tiene que admitir, rechazar y evaluar la calidad docente de las 300 horas? pues, evidentemente, la Comisión Mixta, en vía de ser creada, y que estará integrada por representantes de los Ministerios de Sanidad y Educación.

Otras claves
No hay que remontarse mucho para conocer las claves del problema actual. En 1997 se constituyó, en el seno de la Organización Médica Colegial, una "Mesa de Consenso" cuyo eje central giró en torno a la homologación de los médicos de Atención Primaria. A la cita acudieron todas las organizaciones científicas y sindicales del sector, excepción hecha de la Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria, aduciendo que no aceptará jamás solución alguna para acceder al título de esta especialidad que no pase por la vía de formación MIR.

Posteriormente -junio de 1997- surgió un Acuerdo sobre homologación, avalado por la Administración y la Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria que, como su nombre indica, está dirigida e integrada por representantes de este colectivo. Fruto de este Acuerdo nació posteriormente el Real Decreto 1753/98 ya de todos conocido.

Sucintamente, tanto el Acuerdo como el Decreto venían a establecer que los médicos generales con cinco años de experiencia profesional acreditados y una formación complementaria de un mínimo de 300 horas, cuyos contenidos se ajustasen al perfil profesional del médico de familia, deberán superar una prueba específica de evaluación donde deberá quedar demostrada su competencia y capacidad profesional. También estableció esta norma que, en aras de la coordinación general sanitaria y en el marco del Consejo Interterritorial, quedaba excluida la denominación "médico general", a la vez que en los baremos la formación MIR en Medicina de Familia quedaba equiparada a una experiencia profesional de entre seis y ocho años. 

A todo esto, la directiva de la Unión Europea 93/16 establecía entre sus postulados las siguientes consideraciones respecto a quiénes deben entrar en la categoría de médicos de familia: 
- Todos los médicos que posean el título de especialista en Medicina Familiar y Comunitaria que hayan cumplido el programa de formación MIR de dicha especialidad. 
- Todos los que ejercían como médicos titulares en el año 1983.
- Todos los profesionales que han seguido los cursos de nivelación en cumplimiento del artículo 5 del RD 264/1989.
- Todos los solicitantes de la certificación acreditativa de derechos adquiridos por ser licenciados antes del 1 de enero de 1995. Los licenciados después del 1 de enero de 1995 deben, obligadamente, obtener la formación vía MIR.

Y es aquí cuando, en opinión de médicos licenciados antes de enero de 1995, vuelve a comenzar para los pre 95 "el rechinar y crujir de dientes", porque tal y como han derivado las cosas ?y no precisamente por culpa de la normativa europea, sino de la regla española? este colectivo se ha quedado con lo puesto: no tiene especialidad, ni trabajo, ni opción a trabajar, ni siquiera posibilidad de competir por una plaza. Por otro, son legión los facultativos que por unos escasos días no alcanzaron a entrar en la categoría de los "privilegiados" post 95.

La polémica denominación de "médico de familia"
Para semFYC, el problema tiene otros ribetes que la llevan, simplemente, a ceñirse a la legalidad vigente. Según este colectivo, existen un decreto y un pacto de por medio firmados, oleados y sacramentados por la Administración que hay que cumplir, acatar y no darle más vueltas. ¿Qué por qué se dilata su aplicación? eso es lo que también quiere saber semFYC.

La principal preocupación que asegura tener este sector de Primaria son las contrataciones temporales. "El decreto alberga muchos aspectos y el tema de la homologación es sólo uno más", dice Fleitas. "Pero ocurre que los demás aspectos tampoco se están cumpliendo, como es lo de ‘médico de familia’ como denominación única, aunque es cierto que algunas Admi- nistraciones la están adoptando, pero sigue sin generalizarse; luego, el curso para la obtención del título tampoco está en marcha y ya han pasado dos años".

Dicho sea de paso, es cierto que no se consigue imponer la nueva denominación "médico de familia", no ya entre las autoridades sanitarias, sino entre la población. Pero ocurre que, echando un vistazo a la legislación comunitaria, a sus comunicados o, incluso, a sus fallos judiciales, siempre suelen emplear el apelativo "médico general" o "generalista".

Los médicos generales desmienten que la denominación "médico de familia" o "Medicina de Familia" sea una realidad "generalizada" en la Unión Europea, donde todos los países que la integran siguen empleando desde siempre la denominación "Medicina General" y el correspondiente sustantivo "médico general". Sólo en España se ha optado por la nueva denominación para designar a los licenciados a partir de 1995, al parecer como fórmula para establecer una clara diferencia con los licenciados antes de ese año.

homologacion1.gif (1151 bytes)En cualquier caso y hecho este inciso, no radica en los apellidos del médico de Primaria la causa de que el desarrollo del decreto de homologación sea tan lento. "Lo que sí está claro" ?recalca Fleitas- es que los médicos que trabajamos en Atención Primaria -ahora todos nos llamamos "médicos de familia"- hemos llegado, basándose en renuncias por parte de los distintos colectivos implicados, a un acuerdo que permite una estabilidad definitiva. Pero lo que no se puede entender es que las Administraciones no cumplan esos acuerdos, cuando ha supuesto un esfuerzo realmente importante y ha contado con el apoyo de todos los sectores relacionados, de todas las Sociedades científicas, sindicatos, etc.". (Cabe aquí puntualizar que la Semg fue la excepción a ese apoyo generalizado que cita Fleitas).

También para el vicepresidente de semfyc es difícil encontrar una explicación al porqué del escaso número de médicos que ha solicitado la homologación del título, aunque "personalmente creo que se debe a falta de información. No se ha hecho ningún esfuerzo desde la Administración para explicar al médico que existe un plazo abierto para optar al título y que puede hacerlo".

La SEMERGEN, por su parte, también coincide con esta opinión: hay muchos profesionales que no saben exactamente qué parte de la formación complementaria que tienen les vale para ese proceso, porque las 300 horas están divididas en una serie de módulos, cada uno de los cuales tiene que tener un número de horas concreto, etc. En suma, "pocos tienen la seguridad de saber qué es lo que les falta para cumplir con los requisitos exigidos. Todo esto hace", indica Chavida, "que parezca difícil organizar las pruebas de evaluación, pues son pruebas caras que necesitan un gran número solicitudes, aunque en el fondo todas estas cuestiones, evidentemente, tienen como base una cierta falta de interés por parte del Ministerio de Sanidad. Creo que el año pasado han estado ocupados con el problema de los mestos y quizá por ello este tema no les ha parecido prioritario".

Volviendo a semFYC, las "renuncias" a que alude el vicepresidente de esta Sociedad científica se refieren a que el médico con especialización MIR aceptó admitir una vía excepcional de acceso al título, "lo que no deja de ser un sacrificio, pero que en un momento dado se decidió que era conveniente para el desarrollo de la Medicina de Familia en España".

En cualquier caso, para Fleitas uno de los principales problemas se centra en el hecho de que los términos concretos del Real Decreto en el caso de la equivalencia de puntuaciones en los baremos no se está respetando, aunque sí lo hacen algunas Administraciones. Incluso ahora mismo hay dos comunidades autónomas que tienen un baremo único, Canarias y Asturias, que incumplen abiertamente el decreto, lo cual para nosotros es muy grave, ya que dicho R.D. es consecuencia de un pacto que se tomó en el Consejo Interterritorial y que fue suscrito por todos los consejeros. Es cierto también que hay sentencias pendientes, instituciones particulares que han recurrido, pero estamos hablando de una actitud concreta de Administraciones públicas, de mesas sectoriales donde se pactan baremos que van en contra del Real Decreto". 

Abusos
Al hilo de lo hasta aquí expuesto, surge inevitable una interrogante ¿No es abusivo comparar siete años de experiencia profesional a un período de formación de tres años? Al decir de Fleitas, el colectivo afectado por esta medida es el pre 95, "que tiene una experiencia laboral bastante prolongada", por tanto "el problema no es igualar los baremos, sino asumir que para acceder a la Medicina de Familia y trabajar como médico de familia es necesario aprobar un examen y demostrar una capacitación. Insisto en que los más importantes impedimentos que dificultan en este momento la homologación y que más nos preocupan por su significado son los que provienen de la Administración".

En este punto cabe también preguntar si es defendible que se pueda puntuar la vía de acceso al título, siendo que el título es un requisito o un mérito. Para el doctor Fleitas, el Real Decreto deja muy claro este epígrafe: "desde el momento en que ser médico de familia es un requisito, como ser cardiólogo para ocupar una plaza de Cardiología, ser médico de familia o tener el certificado que la Administración otorgó, también es válido. Todos los afectados tienen un certificado que se les concedió automáticamente". 

Valoraciones 
El apartado sobre quiénes deben integrar la Comisión Mixta Interministerial de evaluación está detalladamente descrito en el Decreto. "Lo que sí está claro es que a la hora de evaluar al médico que aspira al título por la vía excepcional, las Sociedades científicas están representadas y pueden velar por los intereses de sus afiliados; quiero decir que de alguna forma hay un control. También creo, y es igualmente una opinión personal, que nadie tiene la voluntad de poner obstáculos a la obtención del título por esa vía. Por lo menos desde semfyc se ha asumido el decreto en su totalidad. Ahora mismo lo que deseamos es que se cumpla al cien por cien. No hay ningún tipo de reticencia en que el título de especialista en Medicina Familiar y Comunitaria se dé a todas las personas que cumplan las condiciones", señala Fleitas.

A la pregunta de qué inconvenientes habría para equiparar la formación con el ejercicio profesional, responde este directivo de semfyc que el Real Decreto "también articula claramente este apartado. Se entiende que el médico que hace el esfuerzo de seguir la vía MIR tiene derecho a que eso se valore más que al facultativo que simplemente se ha limitado a aprender de una manera autodidacta a lo largo de su trabajo. Volvemos a la fase previa al decreto de 1998. Cuando se cuestiona el valor de la especialización como tal vía MIR, lo que se está tratando es equiparar la formación que tiene un MIR con la formación que tiene una persona trabajando en un centro de Atención Primaria". 

Acelerar el proceso 
SemFYC está intentando trasladar al Ministerio de Sanidad la preocupación que tiene ahora mismo por el "incumplimiento del decreto". Para esta Sociedad Científica, se da por sentado que el Consejo Interterritorial, que depende del Ministerio de Sanidad, "debe tener el peso suficiente como para que pueda presionar a las comunidades autónomas que no están cumpliendo el Decreto para que apliquen la legalidad vigente. Hasta ahora los incumplimientos se van recurriendo punto por punto, tanto por particulares, como por nuestras sociedades federadas afectadas, o en algunos casos por la propia semfyc. En este momento hay abiertos muchos procesos en diferente comunidades y provincias, porque la organización de las contrataciones temporales es muy distinta en los distintos lugares del Estado; en algunos sitios es provincial, en otros es por áreas, en otros existen baremos unificados por las comunidades autónomas... Nosotros alentamos cualquier recurso contra los incumplimientos porque se está violando una ley y un pacto".

Tanto es así que semFYC de Castilla y León, tras conocer la noticia de que la Consejería de Sanidad de esta Comunidad Autónoma dejaba sin valor la formación MIR post 95 en el baremo de sustitutos en Atención Primaria, ha instado a sus asociados a afiliarse "a cualquier sindicato" para ejercer mayor peso en la Mesa Sectorial y contrarrestar, de paso, la acción sindical local, cuyas bases, según semfyc, estarían bajo la férula de los médicos generales. Sobra comentar que también los sindicatos, atendiendo al color de sus organizaciones tanto a nivel central como autonómico, están divididos a la hora de opinar si se debe o no puntuar y "cuanto" el MIR de los post 95. 

Los médicos de familia arguyen en esta ocasión que es una "incoherencia" que el Gobierno central invierta cada año más de 2.000 millones de pesetas en formar especialistas a los que luego no se tiene en cuenta. Los más altos representantes de esta Sociedad científica acudieron al Ministerio de Sanidad, en Madrid, y a la Junta de Castilla y León para pedir explicaciones. Según su presidenta, Amalia Velazquez, Sanidad les manifestó su apoyo en este "berenjenal", lo cual, sin embargo, no ha dado los resultados apetecidos, a juzgar por la actitud de Castilla y León, que al cierre de esta edición seguía en su empeño de mantener la exclusión de los post 95. De todas maneras, el conflicto parece estar servido, pues el anuncio de movilizaciones no se ha hecho esperar. La recogida de firmas ya ha sido el primer paso.

Si hemos de creer al doctor Fleitas, al colectivo que representa no le quita el sueño el hecho de que muchas de estas sentencias que proliferan últimamente vayan contra los intereses de semfyc: "Cierto, pero pienso que no se trata tanto de andar mirando sentencias que, en la mayoría de los casos son sobre casos particulares, concretos, presentados a título individual. Lo que hace falta es una decisión por parte de las Administraciones de poner en vigor baremos que respeten la contratación temporal, el Real Decreto".

Agrega que a lo largo de estos dos años de entrada en vigor que tiene el decreto de homologación, ha habido, no obstante, progresos. "En Madrid, por ejemplo, existe ahora mismo un baremo unificado para toda la Comunidad que respeta el decreto, pero sigue resultando preocupante que sucedan acciones como la de  Castilla y León o que, parece, se pueden producir en otras comunidades".

La postura de los "generales" 
Los médicos generales adscritos a la Sociedad Española de Medicina General (SEMG), que conforman el colectivo más afectado por esta situación, primeramente rechazan de plano ser rebautizados con otros apellidos que no sea el de "médicos generales", una denominación que reivindican porque "así la han heredado" y porque así se denominan "en todos los países de la Unión Europea, excepto España, el único país comunitario que pretende cambiar e imponer lo de ‘médico de familia’...".

En segundo lugar, para los médicos generales hablar de "homologación" en estas condiciones es, cuando menos, "una broma de mal gusto", porque hay alrededor de 12.000 médicos en las mismas condiciones legales para competir y acceder a los puestos de trabajo disponibles en el Sistema Nacional de Salud, que no cubren ni una mínima parte de la oferta de licenciados existentes. 

Como tercer punto, la SEMG aduce que la valoración de los méritos de formación y de ejercicio en la valoración de los baremos han sido hasta ahora "desiguales y han deformado la libre competencia de los procedimientos de selección". En suma, esta Sociedad científica recurrió judicialmente el Decreto de Homologación por entender que sus intereses y derechos adquiridos se ven gravemente perjudicados. 

homologacion1.gif (1151 bytes)Arguye esta Sociedad científica que el título de médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, amén de tener "sólo un interés como elemento decorativo", pretende englobar a todos los profesionales que, bajo unas condiciones determinadas, realizan el mismo trabajo; además, "no es baremable en ningún caso". Luego, el título y la acreditación son requisitos de la misma categoría a la hora de acceder a las plazas del Sistema Nacional de Salud, "sin que en ningún caso puedan establecerse preferencias derivadas del cumplimiento de uno u otro requisito".

La homologación real y deseada para la SEMG "no se va a producir con esta propuesta, que más que ‘normalizar’ lo que pretende es que unos ‘absorban’ a otros. Además, recalca esta Sociedad científica, difícil será solucionar un asunto en el que la Administración ha delegado responsabilidades a quienes son jueces y parte en el problema, situación que, entre otras consecuencias, ha derivado en que ha quedado en agua de borraja una primera solución pactada para quienes demostraban más de cinco años de ejercicio. La equiparación real tendrá lugar cuando se ponderen de forma equilibrada los años de ejercicio con los méritos adquiridos para la formación MIR en Medicina Familiar y Comunitaria antes de 1995".

¿Explica esta circunstancia el hecho de que tan pocos médicos hayan solicitado la homologación?, ¿se debe realmente a una falta de información o a que, por el contrario, están lo suficientemente bien informados como para ser conscientes de la inutilidad del título?

Desinformación
Que hay desinformación acerca de lo que la homologación comporta parece ser un hecho irrefutable, pero no parece ser esta la única causa del "impasse" antes aludido que atenaza el desarrollo del decreto. Un somero vistazo a la situación pone sobre aviso al observador de que, como primera premisa, existe en este sentido, entre los distintos colectivos de médicos que conforman la Atención Primaria, una división cuyo grado de profundidad es difícil de precisar, si bien depende de la magnitud en que unos y otros se ven afectados.

Los argumentos y versiones escuchados en relación con el citado decreto son, como vemos, contrapuestos y, según de donde provengan, éste es aceptado o rechazado. Así, la Semg, que está integrada mayoritariamente por pre 95, no lo acepta, pues alega que se trata de un decreto hecho a imagen y semejanza del ideario e intereses de semfyc, todo lo cual vendría a explicar por qué "los médicos generales vienen siendo sistemáticamente excluidos de las más importantes decisiones adoptadas en relación con la formación, homologación y demás actividades encaminadas a la obtención del título". El resultado de estas acciones, de acuerdo con esta versión, es un colectivo relegado a una marginación injusta e ilegal.

Según el doctor Pedro Cañones, secretario general de la Sociedad Española de Medicina General, los médicos de familia han copado la composición de instituciones claves, como la Comisión Nacional de la Especialidad, y luego han conseguido imponer al Ministerio de Sanidad la redacción del Decreto de Homologación. ¿Cómo? Hay muchas maneras de presionar. Una huelga, por ejemplo, por parte de los MIR de familia colapsaría de tal manera la asistencia sanitaria que cualquier Ministerio se pone a temblar con sólo mencionarse la palabra "huelga". No es extraño, por tanto, que se prefiera "ceder a ciertas presiones", aunque se incurra en la injusticia.

Y aquí radicaría el "quid" de las condiciones "draconianas" que se les exige a los pre 95 para acceder a la vía excepcional de obtención del título. Siempre dentro de esas prerrogativas que, según Semg, han permitido a semfyc jugar con ventaja, hay que añadir la potestad que han tenido los médicos de familia para diseñar el perfil profesional que deben cumplir los candidatos a la homologación a través del contenido de las "fatídicas 300 horas" y para acreditarla oficialmente.

Pero, ¿por qué "fatídicas"? SEMG asegura que no se opone a la obligación de cumplir con las 300 horas, lo cual, por otra parte, considera razonable y de justicia; lo que sí cuestiona es la permisividad irresponsable que hasta ahora conlleva su realización, pues no hay orden ni concierto a la hora de impartirlas. Este extremo, añade el doctor Cañones, ha permitido que algunos desaprensivos, aprovechándose del "desconcierto" y del miedo que atenaza a muchos profesionales que ya se ven despojados de título, trabajo y opciones, organicen cursos de más que dudosa calidad docente, pero de inequívoca intención lucrativa.

En cualquier caso, el estancamiento del Decreto de Homologación se hace, quizá, más explicable cuando surge la convocatoria de un concurso oposición, lo que lleva, no ya a colegir, sino a confirmar la apreciación del doctor Felipe Chavida, presidente de Semergen, de que lo que realmente prima en todo este guirigay de intereses contrapuestos es la lucha por los puestos de trabajo, un bien escaso en el entorno médico. De ahí que cada colectivo intente "meter" a los suyos "como sea".

Al final, si nadie lo remedia, logrará este cometido aquél que más influencias tenga en las proximidades de la Administración. A tenor de cómo transcurren los hechos, parece que la balanza se decantaría decididamente a favor de los médicos de familia. Vistas las cosas bajo este prisma, dificultar el acceso al título mediante baremos imposibles vendría a ser algo así como curarse en salud: menos candidatos para los pocos puestos de trabajo disponibles, más posibilidades para los que han obtenido el título a través del sistema de formación MIR, actualmente integrados en semfyc. No obstante, al estar recurrido el decreto, la última palabra la tiene el Tribunal Supremo.

También hay quien pone como ejemplo de solución el título que en su día se otorgó casi automáticamente a los médicos titulares, a quienes se les reconoció la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria; pero, al decir del doctor Felipe Chavida, "se trata una situación distinta, porque dicho reconocimiento llegó en el transcurso de un proceso de ordenación de las especialidades, cuando aquellos médicos ya estaban trabajando como especialistas... Estos profesionales eran los únicos médicos generales del sistema que a la asistencia sanitaria añadían aspectos de salud pública, promoción y prevención de la salud, etc. Por eso, en aquel momento se les concedió la titulación".

El MIR de familia, en la picota 
No cabe duda que lo que se discute y enciende las pasiones entre los médicos de Primaria es cómo se puntúan los tres años de MIR. Pero, surge aquí otra cuestión: ¿Hasta qué punto es posible asegurar que el médico residente que ha terminado el MIR de familia sabe todo lo que tiene que saber o sólo sabe lo que le ha tocado ver?" En opinión del vicepresidente de semFYC, "es este un tema que sucede en todas las áreas de la especialización médica, pero ya son problemas concretos del programa. Hay que recordar que la especialidad de Medicina Familiar fue la primera que tuvo un programa reglamentado de especialización, que se han hecho tres revisiones de ese programa y que hay una Comisión Nacional que es la que se encarga de fijar los criterios que tienen que cumplir los residentes. En suma, existe un control de calidad en el proceso MIR".

¿Y cuánto tiempo de vigencia puede tener los méritos que un médico va adquiriendo a lo largo de su carrera? "Esto es competencia directa de las Administraciones que convocan cada concurso. Son ellas las que tienen que ponderar hasta qué punto debe valer la experiencia profesional frente a la capacitación", replica este médico de familia.

De cualquier modo, ¿es justo otorgarle al MIR de familia la equivalencia de entre seis y ocho años de experiencia profesional? A la hora de plantarse delante de un paciente ¿está realmente más o igual de "fogueado" y con conocimientos "más frescos" que aquel médico que ha estado día a día con los enfermos en un hospital o un centro de salud a lo largo de cinco años? 
SemFYC lo tiene claro: el sistema de formación MIR implica, "primero, aprobar una oposición importante; y segundo, estar tres años en un hospital, cumpliendo un programa formativo que, en algunos casos son 60 horas semanales, rotar por distintos servicios, cobrar un sueldo inferior al que se cobraría trabajando como médico de familia en otro sitio… y todo eso de alguna forma tiene que tener un peso, tanto por el esfuerzo que supone para quien lo hace, como por la formación". Según Fleitas, hoy nadie cuestiona en este país que el MIR sea el mejor sistema de especialización que existe".

SEMG, por su parte, estima que, "sin restarle un ápice sus méritos, amén de que es un sistema de formación deseable para todo aquel que practique la Medicina", está sobrevalorado en demasía. "Es falso que sea la única vía de lograr individualmente una formación suficiente y una práctica clínica de calidad ajustada a la realidad de la Atención Primaria. Además, no dura de por vida, sino que desaparece si no se actualizan los conocimientos. Las habilidades de relación y la profesionalidad sólo se consigue con la práctica diaria en las condiciones reales de ejercicio. No puede sumar más méritos el que está preparándose para ejercer que el que ya lo está haciendo". 
Señala el doctor Pedro Cañones, "cuando se habla del MIR parece como si al residente lo sentasen en un aula y eso es falso. Al MIR lo sueltan en una consulta, le ponen pacientes delante y ¡a aprender! Si tienes alguna duda, me preguntas y ya te contestaré si tengo tiempo. Es una técnica de inmersión, como los aprendices de los oficios antiguos…".

homologacion1.gif (1151 bytes)La doctora Mercedes Otero, tesorera de la Sociedad Española de Medicina General, estima, por su parte, que "con los argumentos de los médicos de familia, parece como si el trabajo de médico de cabecera sólo se pudiera desarrollar si se hacen los tres años del MIR en Medicina de Familia, lo cual es un concepto erróneo, porque un médico general también ha estudiado seis años de Medicina en una Universidad, con sus prácticas clínicas correspondientes; por otro lado, tanto o más importante que el propio MIR es la formación continuada posterior. Paradójicamente, muchos médicos de familia han trabajado en gestión sin formación específica, es decir, se han estado formando a base de experiencia; por eso es tan contradictorio que precisamente lo que rechazan para el médico general, lo pidan para ellos en la gestión".

Al decir de la doctora Otero, "Para entrar en el MIR había una tremenda competencia entre los pre 95 y nunca hubo plazas para todos, mientras que todos los post 95 han tenido la posibilidad de hacer el MIR, ya sea en Medicina de Familia o en otra especialidad. Y ahora protestan porque no se les barema el título que, obligatoriamente, tienen que tener para poder trabajar". (Se refiere la doctora Otero al caso de Castilla y León).

Añade la tesorera de la SEMG que hacer el MIR de familia no es lo mismo que estar al pie de consulta todos los días con un paciente. "No es lo mismo alguien que se preocupa de aprender, que alguien que está ahí esperando a que pasen los tres años; tampoco es lo mismo desenvolverse en un medio donde los docentes tienen interés por enseñar, que en otro donde sólo quieren quitarse de en medio al residente porque está molestando. Es frecuente ver a un licenciado con el MIR de familia recién acabado tener serias dificultades y titubeos con sus primeros pacientes, porque nunca había tenido antes una responsabilidad con ellos, ya que hasta ese momento siempre había estado tutelado. Además, no hay manera de saber si un MIR de familia ha aprovechado los tres años de residencia, pues no hay ninguna evaluación final que lo confirme. Perfectamente el residente pudo haber estado perdiendo el tiempo esos tres años y, no obstante, recibirá igualmente el título. Tampoco es igual formarse en un hospital de ‘Navalucillos de Abajo’ que formarse en el Doce de Octubre, por poner un ejemplo. Quiero decir con todo esto que no se puede reducir todo lo bueno a los tres años del MIR de familia, como si eso asegurase la excelencia y calidad en el trabajo durante toda la vida profesional".

El doctor Pedro Cañones, por su parte, apostilla: "inútiles hay en todas partes, incluso en la vía MIR, ya que ésta no inmuniza contra la estupidez personal, ni contra la ineptitud profesional, algo que podemos comprobar todos los días, desgraciadamente".

Otro aspecto que resalta la doctora Mercedes Otero es que, "entretanto", se ha ido prescindiendo de médicos que ya llevaban muchos años trabajando a pleno rendimiento, con plena satisfacción de pacientes y de la propia Administración, sólo por no disponer del título vía MIR de familia. En opinión de esta médica, en el Real Decreto de Homologación no tenía por qué aparecer ninguna equiparación en años de trabajo, "ya que no es esta misión de un Real Decreto, sino de una mesa de negociaciones con las organizaciones afectadas". Tampoco hay derecho, a su juicio, que el Consejo Interterritorial "se haya involucrado en temas sindicales y haya acordado que la formación MIR equivalga entre seis y ocho años".

RECUADRO 
Crónica de un controvertido Decreto

La homologación comienza el año 1984, con la creación de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria. Los médicos titulares de entonces reciben automáticamente el título de ‘médico de familia’.

En 1989 se emite un Real Decreto donde se establece que los médicos con cinco años de ejercicio en Primaria tienen opción a un curso de perfeccionamiento a nivel hospitalario de cuatro meses de duración. Dicho curso permite el acceso al título de Medicina de Familia. Un importante número de médicos se matriculó y fue aceptado para hacerlo, pero en las Comunidades Autónomas el curso se realizó de manera desigual y durante muchos años no se pudo desarrollar. 

En 1993 sale el decreto de la acreditación. Incluso entonces aún persistía un número importante de médicos sin hacer el curso citado. 

La Unión Europea establece la obligatoriedad de una formación específica en Medicina General para ejercer en Primaria. España replica que aquí ya existe tal formación bajo el título de Medicina de Familia. Aquello supone homologar necesariamente a quienes eran médicos generales, porque la propia normativa europea obliga a respetar los derechos adquiridos de los que ya eran médicos antes de la promulgación de la norma.

Nace un Real Decreto que acredita a todos los médicos generales para poder ejercer aun sin ser médicos de familia, es decir, sin tener la formación de Medicina Familiar. Pero esta acreditación carece de puntuación alguna y, es más, en el extranjero no sirve para nada.

Posteriormente se emite el Decreto de Homologación 1753/98, en el cual se exigen los cinco años de ejercicio, las 300 horas de formación continuada y el famoso examen del que aún no se sabe quién va a ser el examinador ni quién lo va a evaluar. Con estos requisitos cumplidos se recibe un título de Medicina de Familia que no sirve absolutamente para nada, puesto que se puede seguir trabajando con la acreditación.

La acreditación, como su nombre indica, "acredita" para trabajar como médico en Atención Primaria del Sistema Público a todo aquel profesional que se haya licenciado antes de enero de 1995, aunque no esté en posesión del título de ‘médico de familia’.

En suma, el título de Medicina de Familia vale lo mismo que la acreditación, es decir, cero puntos, ya que lo que se barema para las oposiciones y concursos es la formación vía MIR. Luego, en las oposiciones de Primaria, se barema, por primera vez y con dos puntos, a los profesionales que han obtenido el título de Medicina de Familia por la vía del Real Decreto, es decir, a aquellos profesionales que llevaban los cinco años trabajados y que hicieron el curso de perfeccionamiento. 

Semfyc, que está formada por médicos de familia cuyo apellido es "vía MIR", rechaza la anterior modalidad y exige que sólo se bareme la formación MIR establecida para los licenciados en Medicina de Familia después de enero de 1995. Valorar esta vía de acceso al título y no el título en sí, le permite partir con ventaja de puntos en los concursos oposición.
En cualquier caso, la raíz del problema radica en la escasez de puestos de trabajo.

 

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