El estancamiento del
Decreto de Homologación, claves para su entendimiento
¿Cuál es la razón
por la que el controvertido Decreto 1753/98, de Homologación de los médicos generales
con los de familia no siga adelante? Ante esta interrogante, casi todas las miradas se
vuelven acusadoras hacia la Administración, por "no mover ficha" en un tema que
se prolonga demasiado en el tiempo. El hecho cierto es que desde la promulgación del ya
célebre Decreto han pasado dos años de "impasse" aparentemente inexplicable.
Las posturas varían entre las partes implicadas, y van desde quienes aceptan la
resolución oficial en su integridad como la semFYC, hasta quienes decididamente lo
rechazan, caso de la SEMG. Entre tanto, en Sanidad nadie se pronuncia al respecto. |
Natalia Barrientos
Hasta agosto del presente año, los datos oficiales
revelaban que había registradas 357 solicitudes "sin cribar", esto es, sin ser
evaluadas, relacionadas con la homologación del título de Medicina de Familia. A este
respecto, el subsecretario de Sanidad, Julio Sánchez Fierro, manifestó que se había
establecido en "500 preseleccionados" el número idóneo para poder poner en
marcha la prueba que permitirá, al menos sobre el papel, que los pre-95 accedan a dicho
título, al amparo del decreto 1753/98 de "homologación". También recalcó el
subsecretario que este "asunto" se iba a acelerar, de momento, con la creación
inminente de la Comisión Mixta Interministerial que ha de evaluar el papeleo de los
"homologables", léase aptos para asumir la prueba final de competencia
profesional, a la vez que se van a plasmar en un documento los criterios de funcionamiento
por los que la misma se ha de regir. No deja de resultar sorprendente lo exiguo de la
cifra, ya que los cálculos aproximados ?oficialmente no hay nada al respecto? elevan a
12.000 el número de médicos que estaría en condiciones de solicitar el título en
cuestión. De momento el plazo es hasta el 2008.
Pero uno de los asuntos más serios que han surgido
últimamente, entre otras cosas porque ha dejado al descubierto la magnitud del problema
en toda su crudeza, son las convocatorias a oposiciones para interinos o contratos
temporales. No en vano el doctor Lorenzo Fleitas, vicepresidente de semfyc, declara que la
principal preocupación de la Sociedad científica que representa son las contrataciones
temporales".
En la actualidad no hay baremo de contratación de esta
índole que no sea llevado ante los tribunales. En el momento de redactar estas líneas
había cerca de cuatro o cinco acciones judiciales contra ellos, que en la mayoría de los
casos han llevado a la suspensión cautelar de los mismos. Es el caso de Asturias,
Aragón, León, Galicia y Granada. Los abogados, entre tanto, trabajan a destajo mientras
los médicos afectados se debaten en medio de la incertidumbre más desoladora.
En ocasiones, caso de Galicia, la suspensión cautelar
ordenada como primera medida por un tribunal gallego, marcó un antes y un después en el
devenir del tema en cuestión cuando posteriormente ese mismo tribunal se echó marcha
atrás en su decisión inicial. En otro momento, la balanza se inclinó hacia los médicos
generales, como en Asturias, donde llegó a intervenir el Tribunal Supremo. También aquí
se ha marcado un "antes y un después" de este hecho en relación con el Decreto
de Homologación.
Sin embargo, uno de los conflictos más recientes y
"sonados" quizá haya sido el de Castilla y León, donde un pacto entre la
Consejería de Sanidad de esta Comunidad Autónoma con las representaciones sindicales
locales (CC.OO, CSIF, USCAL y CEMSATSE) dejó sin puntuar la formación MIR de los
licenciados post 95, para una convocatoria de sustitutos.
Luego, en León, la última OPE para médicos de Primaria del
Insalud el baremo batió su propio récord: hasta 21 puntos otorgaba a quienes ostentaban
el MIR de familia, en detrimento de quienes habían obtenido el título de Medicina de
Familia por otras vías. El presidente de Unión Sindical de Castilla y León (USCAL),
Fernando Gutiérrez, no ocultaba su perplejidad: "Educación y Sanidad tienen que
aclarar para qué sirve un título en Medicina, porque es necesario que ser licenciado en
Medicina valga para algo." De momento, esta convocatoria está en dique seco. Y a
propósito de OPES, el Insalud ha decidido mantener el baremo que tiene establecido para
Primaria, a pesar de las presiones de semfyc, que exige que no se puntúe el acceso al
título a través de vías extraordinarias.
Poco después, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón
suspendía el baremo de contratación de interinos de Primaria establecido por el Gobierno
aragonés. ¿La razón? Estudiar hasta qué punto es justo puntuar el MIR de Familia entre
los licenciados después de 1995. Nuevos juicios y más alegatos. En esta oportunidad es
semfyc la que ha visto lesionados sus intereses, por lo que ha decidido recurrir la
suspensión.
Uno de los hechos más recientes ha sido la anulación
"cautelar" por un tribunal de Huesca, del baremo de contratación temporal del
Insalud de esa localidad, ante el requerimiento de Fasamet, sindicato de médicos
titulares.
Antecedentes
Como de todos es sabido, el Decreto 1753/98 de Homologación
contempla que los médicos licenciados antes de 1995 podrán acceder al título de
especialista en Medicina Familiar y Comunitaria siempre y cuando cumplan los requisitos de
presentar un curriculum en el que se demuestre tener cinco años de experiencia, poseer
una formación complementaria de 300 horas y haber superado una prueba de competencia.
Abundando aún más en este punto, se observa que la
controvertida norma alberga tres partes: una de ellas es la unificación bajo la
denominación "médico de familia" a todo aquel facultativo que trabaja en una
plaza con ese perfil profesional en la Atención Primaria, independientemente de que tenga
el título de la especialidad y al margen de cualquiera que haya sido la vía por la que
lo ha adquirido.
En segundo lugar está la forma de acceso a la titulación
para todos aquellos médicos con el perfil anterior, que no tienen una posibilidad legal
de acceder a la titulación, aunque toda su vida estén ocupando una plaza de Medicina de
Familia. En este apartado hay, a su vez, tres requisitos para acceder a la titulación: la
primera, demostrar una formación complementaria de 300 horas correspondientes a los
módulos que la misma resolución describe, impartidas por instituciones como la propia
Administración sanitaria (Consejerías de Sanidad e institutos de salud
correspondientes), las Sociedades Científicas, la Organización Médica Colegial, las
Universidades
Además, se requieren cinco años de ejercicio en Atención Primaria y,
una vez presentadas esas dos condiciones -los cinco años de ejercicio y las 300 horas de
formación complementaria- es necesario pasar una prueba de evaluación de la competencia
profesional. ¿Quién tiene que admitir, rechazar y evaluar la calidad docente de las 300
horas? pues, evidentemente, la Comisión Mixta, en vía de ser creada, y que estará
integrada por representantes de los Ministerios de Sanidad y Educación.
Otras claves
No hay que remontarse mucho para conocer las claves del
problema actual. En 1997 se constituyó, en el seno de la Organización Médica Colegial,
una "Mesa de Consenso" cuyo eje central giró en torno a la homologación de los
médicos de Atención Primaria. A la cita acudieron todas las organizaciones científicas
y sindicales del sector, excepción hecha de la Sociedad Española de Medicina Familiar y
Comunitaria, aduciendo que no aceptará jamás solución alguna para acceder al título de
esta especialidad que no pase por la vía de formación MIR.
Posteriormente -junio de 1997- surgió un Acuerdo sobre
homologación, avalado por la Administración y la Comisión Nacional de la Especialidad
de Medicina Familiar y Comunitaria que, como su nombre indica, está dirigida e integrada
por representantes de este colectivo. Fruto de este Acuerdo nació posteriormente el Real
Decreto 1753/98 ya de todos conocido.
Sucintamente, tanto el Acuerdo como el Decreto venían a
establecer que los médicos generales con cinco años de experiencia profesional
acreditados y una formación complementaria de un mínimo de 300 horas, cuyos contenidos
se ajustasen al perfil profesional del médico de familia, deberán superar una prueba
específica de evaluación donde deberá quedar demostrada su competencia y capacidad
profesional. También estableció esta norma que, en aras de la coordinación general
sanitaria y en el marco del Consejo Interterritorial, quedaba excluida la denominación
"médico general", a la vez que en los baremos la formación MIR en Medicina de
Familia quedaba equiparada a una experiencia profesional de entre seis y ocho años.
A todo esto, la directiva de la Unión Europea 93/16
establecía entre sus postulados las siguientes consideraciones respecto a quiénes deben
entrar en la categoría de médicos de familia:
- Todos los médicos que posean el título de especialista en
Medicina Familiar y Comunitaria que hayan cumplido el programa de formación MIR de dicha
especialidad.
- Todos los que ejercían como médicos titulares en el año
1983.
- Todos los profesionales que han seguido los cursos de
nivelación en cumplimiento del artículo 5 del RD 264/1989.
- Todos los solicitantes de la certificación acreditativa de
derechos adquiridos por ser licenciados antes del 1 de enero de 1995. Los licenciados
después del 1 de enero de 1995 deben, obligadamente, obtener la formación vía MIR.
Y es aquí cuando, en opinión de médicos licenciados
antes de enero de 1995, vuelve a comenzar para los pre 95 "el rechinar y crujir de
dientes", porque tal y como han derivado las cosas ?y no precisamente por culpa de la
normativa europea, sino de la regla española? este colectivo se ha quedado con lo puesto:
no tiene especialidad, ni trabajo, ni opción a trabajar, ni siquiera posibilidad de
competir por una plaza. Por otro, son legión los facultativos que por unos escasos días
no alcanzaron a entrar en la categoría de los "privilegiados" post 95.
La polémica denominación de "médico de
familia"
Para semFYC, el problema tiene otros ribetes que la llevan,
simplemente, a ceñirse a la legalidad vigente. Según este colectivo, existen un decreto
y un pacto de por medio firmados, oleados y sacramentados por la Administración que hay
que cumplir, acatar y no darle más vueltas. ¿Qué por qué se dilata su aplicación? eso
es lo que también quiere saber semFYC.
La principal preocupación que asegura tener este sector
de Primaria son las contrataciones temporales. "El decreto alberga muchos aspectos y
el tema de la homologación es sólo uno más", dice Fleitas. "Pero ocurre que
los demás aspectos tampoco se están cumpliendo, como es lo de médico de
familia como denominación única, aunque es cierto que algunas Admi- nistraciones
la están adoptando, pero sigue sin generalizarse; luego, el curso para la obtención del
título tampoco está en marcha y ya han pasado dos años".
Dicho sea de paso, es cierto que no se consigue imponer la
nueva denominación "médico de familia", no ya entre las autoridades
sanitarias, sino entre la población. Pero ocurre que, echando un vistazo a la
legislación comunitaria, a sus comunicados o, incluso, a sus fallos judiciales, siempre
suelen emplear el apelativo "médico general" o "generalista".
Los médicos generales desmienten que la denominación
"médico de familia" o "Medicina de Familia" sea una realidad
"generalizada" en la Unión Europea, donde todos los países que la integran
siguen empleando desde siempre la denominación "Medicina General" y el
correspondiente sustantivo "médico general". Sólo en España se ha optado por
la nueva denominación para designar a los licenciados a partir de 1995, al parecer como
fórmula para establecer una clara diferencia con los licenciados antes de ese año.
En cualquier caso y
hecho este inciso, no radica en los apellidos del médico de Primaria la causa de que el
desarrollo del decreto de homologación sea tan lento. "Lo que sí está claro"
?recalca Fleitas- es que los médicos que trabajamos en Atención Primaria -ahora todos
nos llamamos "médicos de familia"- hemos llegado, basándose en renuncias por
parte de los distintos colectivos implicados, a un acuerdo que permite una estabilidad
definitiva. Pero lo que no se puede entender es que las Administraciones no cumplan esos
acuerdos, cuando ha supuesto un esfuerzo realmente importante y ha contado con el apoyo de
todos los sectores relacionados, de todas las Sociedades científicas, sindicatos,
etc.". (Cabe aquí puntualizar que la Semg fue la excepción a ese apoyo generalizado
que cita Fleitas).
También para el vicepresidente de semfyc es difícil
encontrar una explicación al porqué del escaso número de médicos que ha solicitado la
homologación del título, aunque "personalmente creo que se debe a falta de
información. No se ha hecho ningún esfuerzo desde la Administración para explicar al
médico que existe un plazo abierto para optar al título y que puede hacerlo".
La SEMERGEN, por su parte, también coincide con esta
opinión: hay muchos profesionales que no saben exactamente qué parte de la formación
complementaria que tienen les vale para ese proceso, porque las 300 horas están divididas
en una serie de módulos, cada uno de los cuales tiene que tener un número de horas
concreto, etc. En suma, "pocos tienen la seguridad de saber qué es lo que les falta
para cumplir con los requisitos exigidos. Todo esto hace", indica Chavida, "que
parezca difícil organizar las pruebas de evaluación, pues son pruebas caras que
necesitan un gran número solicitudes, aunque en el fondo todas estas cuestiones,
evidentemente, tienen como base una cierta falta de interés por parte del Ministerio de
Sanidad. Creo que el año pasado han estado ocupados con el problema de los mestos y
quizá por ello este tema no les ha parecido prioritario".
Volviendo a semFYC, las "renuncias" a que alude
el vicepresidente de esta Sociedad científica se refieren a que el médico con
especialización MIR aceptó admitir una vía excepcional de acceso al título, "lo
que no deja de ser un sacrificio, pero que en un momento dado se decidió que era
conveniente para el desarrollo de la Medicina de Familia en España".
En cualquier caso, para Fleitas uno de los principales
problemas se centra en el hecho de que los términos concretos del Real Decreto en el caso
de la equivalencia de puntuaciones en los baremos no se está respetando, aunque sí lo
hacen algunas Administraciones. Incluso ahora mismo hay dos comunidades autónomas que
tienen un baremo único, Canarias y Asturias, que incumplen abiertamente el decreto, lo
cual para nosotros es muy grave, ya que dicho R.D. es consecuencia de un pacto que se
tomó en el Consejo Interterritorial y que fue suscrito por todos los consejeros. Es
cierto también que hay sentencias pendientes, instituciones particulares que han
recurrido, pero estamos hablando de una actitud concreta de Administraciones públicas, de
mesas sectoriales donde se pactan baremos que van en contra del Real Decreto".
Abusos
Al hilo de lo hasta aquí expuesto, surge inevitable una
interrogante ¿No es abusivo comparar siete años de experiencia profesional a un período
de formación de tres años? Al decir de Fleitas, el colectivo afectado por esta medida es
el pre 95, "que tiene una experiencia laboral bastante prolongada", por tanto
"el problema no es igualar los baremos, sino asumir que para acceder a la Medicina de
Familia y trabajar como médico de familia es necesario aprobar un examen y demostrar una
capacitación. Insisto en que los más importantes impedimentos que dificultan en este
momento la homologación y que más nos preocupan por su significado son los que provienen
de la Administración".
En este punto cabe también preguntar si es defendible que
se pueda puntuar la vía de acceso al título, siendo que el título es un requisito o un
mérito. Para el doctor Fleitas, el Real Decreto deja muy claro este epígrafe:
"desde el momento en que ser médico de familia es un requisito, como ser cardiólogo
para ocupar una plaza de Cardiología, ser médico de familia o tener el certificado que
la Administración otorgó, también es válido. Todos los afectados tienen un certificado
que se les concedió automáticamente".
Valoraciones
El apartado sobre quiénes deben integrar la Comisión Mixta
Interministerial de evaluación está detalladamente descrito en el Decreto. "Lo que
sí está claro es que a la hora de evaluar al médico que aspira al título por la vía
excepcional, las Sociedades científicas están representadas y pueden velar por los
intereses de sus afiliados; quiero decir que de alguna forma hay un control. También
creo, y es igualmente una opinión personal, que nadie tiene la voluntad de poner
obstáculos a la obtención del título por esa vía. Por lo menos desde semfyc se ha
asumido el decreto en su totalidad. Ahora mismo lo que deseamos es que se cumpla al cien
por cien. No hay ningún tipo de reticencia en que el título de especialista en Medicina
Familiar y Comunitaria se dé a todas las personas que cumplan las condiciones",
señala Fleitas.
A la pregunta de qué inconvenientes habría para
equiparar la formación con el ejercicio profesional, responde este directivo de semfyc
que el Real Decreto "también articula claramente este apartado. Se entiende que el
médico que hace el esfuerzo de seguir la vía MIR tiene derecho a que eso se valore más
que al facultativo que simplemente se ha limitado a aprender de una manera autodidacta a
lo largo de su trabajo. Volvemos a la fase previa al decreto de 1998. Cuando se cuestiona
el valor de la especialización como tal vía MIR, lo que se está tratando es equiparar
la formación que tiene un MIR con la formación que tiene una persona trabajando en un
centro de Atención Primaria".
Acelerar el proceso
SemFYC está intentando trasladar al Ministerio de Sanidad la
preocupación que tiene ahora mismo por el "incumplimiento del decreto". Para
esta Sociedad Científica, se da por sentado que el Consejo Interterritorial, que depende
del Ministerio de Sanidad, "debe tener el peso suficiente como para que pueda
presionar a las comunidades autónomas que no están cumpliendo el Decreto para que
apliquen la legalidad vigente. Hasta ahora los incumplimientos se van recurriendo punto
por punto, tanto por particulares, como por nuestras sociedades federadas afectadas, o en
algunos casos por la propia semfyc. En este momento hay abiertos muchos procesos en
diferente comunidades y provincias, porque la organización de las contrataciones
temporales es muy distinta en los distintos lugares del Estado; en algunos sitios es
provincial, en otros es por áreas, en otros existen baremos unificados por las
comunidades autónomas... Nosotros alentamos cualquier recurso contra los incumplimientos
porque se está violando una ley y un pacto".
Tanto es así que semFYC de Castilla y León, tras conocer
la noticia de que la Consejería de Sanidad de esta Comunidad Autónoma dejaba sin valor
la formación MIR post 95 en el baremo de sustitutos en Atención Primaria, ha instado a
sus asociados a afiliarse "a cualquier sindicato" para ejercer mayor peso en la
Mesa Sectorial y contrarrestar, de paso, la acción sindical local, cuyas bases, según
semfyc, estarían bajo la férula de los médicos generales. Sobra comentar que también
los sindicatos, atendiendo al color de sus organizaciones tanto a nivel central como
autonómico, están divididos a la hora de opinar si se debe o no puntuar y
"cuanto" el MIR de los post 95.
Los médicos de familia arguyen en esta ocasión que es
una "incoherencia" que el Gobierno central invierta cada año más de 2.000
millones de pesetas en formar especialistas a los que luego no se tiene en cuenta. Los
más altos representantes de esta Sociedad científica acudieron al Ministerio de Sanidad,
en Madrid, y a la Junta de Castilla y León para pedir explicaciones. Según su
presidenta, Amalia Velazquez, Sanidad les manifestó su apoyo en este
"berenjenal", lo cual, sin embargo, no ha dado los resultados apetecidos, a
juzgar por la actitud de Castilla y León, que al cierre de esta edición seguía en su
empeño de mantener la exclusión de los post 95. De todas maneras, el conflicto parece
estar servido, pues el anuncio de movilizaciones no se ha hecho esperar. La recogida de
firmas ya ha sido el primer paso.
Si hemos de creer al doctor Fleitas, al colectivo que
representa no le quita el sueño el hecho de que muchas de estas sentencias que proliferan
últimamente vayan contra los intereses de semfyc: "Cierto, pero pienso que no se
trata tanto de andar mirando sentencias que, en la mayoría de los casos son sobre casos
particulares, concretos, presentados a título individual. Lo que hace falta es una
decisión por parte de las Administraciones de poner en vigor baremos que respeten la
contratación temporal, el Real Decreto".
Agrega que a lo largo de estos dos años de entrada en
vigor que tiene el decreto de homologación, ha habido, no obstante, progresos. "En
Madrid, por ejemplo, existe ahora mismo un baremo unificado para toda la Comunidad que
respeta el decreto, pero sigue resultando preocupante que sucedan acciones como la
de Castilla y León o que, parece, se pueden producir en otras comunidades".
La postura de los "generales"
Los médicos generales adscritos a la Sociedad Española de
Medicina General (SEMG), que conforman el colectivo más afectado por esta situación,
primeramente rechazan de plano ser rebautizados con otros apellidos que no sea el de
"médicos generales", una denominación que reivindican porque "así la han
heredado" y porque así se denominan "en todos los países de la Unión Europea,
excepto España, el único país comunitario que pretende cambiar e imponer lo de
médico de familia...".
En segundo lugar, para los médicos generales hablar de
"homologación" en estas condiciones es, cuando menos, "una broma de mal
gusto", porque hay alrededor de 12.000 médicos en las mismas condiciones legales
para competir y acceder a los puestos de trabajo disponibles en el Sistema Nacional de
Salud, que no cubren ni una mínima parte de la oferta de licenciados existentes.
Como tercer punto, la SEMG aduce que la valoración de los
méritos de formación y de ejercicio en la valoración de los baremos han sido hasta
ahora "desiguales y han deformado la libre competencia de los procedimientos de
selección". En suma, esta Sociedad científica recurrió judicialmente el Decreto de
Homologación por entender que sus intereses y derechos adquiridos se ven gravemente
perjudicados.
Arguye esta Sociedad
científica que el título de médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria,
amén de tener "sólo un interés como elemento decorativo", pretende englobar a
todos los profesionales que, bajo unas condiciones determinadas, realizan el mismo
trabajo; además, "no es baremable en ningún caso". Luego, el título y la
acreditación son requisitos de la misma categoría a la hora de acceder a las plazas del
Sistema Nacional de Salud, "sin que en ningún caso puedan establecerse preferencias
derivadas del cumplimiento de uno u otro requisito".
La homologación real y deseada para la SEMG "no se
va a producir con esta propuesta, que más que normalizar lo que pretende es
que unos absorban a otros. Además, recalca esta Sociedad científica,
difícil será solucionar un asunto en el que la Administración ha delegado
responsabilidades a quienes son jueces y parte en el problema, situación que, entre otras
consecuencias, ha derivado en que ha quedado en agua de borraja una primera solución
pactada para quienes demostraban más de cinco años de ejercicio. La equiparación real
tendrá lugar cuando se ponderen de forma equilibrada los años de ejercicio con los
méritos adquiridos para la formación MIR en Medicina Familiar y Comunitaria antes de
1995".
¿Explica esta circunstancia el hecho de que tan pocos
médicos hayan solicitado la homologación?, ¿se debe realmente a una falta de
información o a que, por el contrario, están lo suficientemente bien informados como
para ser conscientes de la inutilidad del título?
Desinformación
Que hay desinformación acerca de lo que la homologación
comporta parece ser un hecho irrefutable, pero no parece ser esta la única causa del
"impasse" antes aludido que atenaza el desarrollo del decreto. Un somero vistazo
a la situación pone sobre aviso al observador de que, como primera premisa, existe en
este sentido, entre los distintos colectivos de médicos que conforman la Atención
Primaria, una división cuyo grado de profundidad es difícil de precisar, si bien depende
de la magnitud en que unos y otros se ven afectados.
Los argumentos y versiones escuchados en relación con el
citado decreto son, como vemos, contrapuestos y, según de donde provengan, éste es
aceptado o rechazado. Así, la Semg, que está integrada mayoritariamente por pre 95, no
lo acepta, pues alega que se trata de un decreto hecho a imagen y semejanza del ideario e
intereses de semfyc, todo lo cual vendría a explicar por qué "los médicos
generales vienen siendo sistemáticamente excluidos de las más importantes decisiones
adoptadas en relación con la formación, homologación y demás actividades encaminadas a
la obtención del título". El resultado de estas acciones, de acuerdo con esta
versión, es un colectivo relegado a una marginación injusta e ilegal.
Según el doctor Pedro Cañones, secretario general de la
Sociedad Española de Medicina General, los médicos de familia han copado la composición
de instituciones claves, como la Comisión Nacional de la Especialidad, y luego han
conseguido imponer al Ministerio de Sanidad la redacción del Decreto de Homologación.
¿Cómo? Hay muchas maneras de presionar. Una huelga, por ejemplo, por parte de los MIR de
familia colapsaría de tal manera la asistencia sanitaria que cualquier Ministerio se pone
a temblar con sólo mencionarse la palabra "huelga". No es extraño, por tanto,
que se prefiera "ceder a ciertas presiones", aunque se incurra en la injusticia.
Y aquí radicaría el "quid" de las condiciones
"draconianas" que se les exige a los pre 95 para acceder a la vía excepcional
de obtención del título. Siempre dentro de esas prerrogativas que, según Semg, han
permitido a semfyc jugar con ventaja, hay que añadir la potestad que han tenido los
médicos de familia para diseñar el perfil profesional que deben cumplir los candidatos a
la homologación a través del contenido de las "fatídicas 300 horas" y para
acreditarla oficialmente.
Pero, ¿por qué "fatídicas"? SEMG asegura que
no se opone a la obligación de cumplir con las 300 horas, lo cual, por otra parte,
considera razonable y de justicia; lo que sí cuestiona es la permisividad irresponsable
que hasta ahora conlleva su realización, pues no hay orden ni concierto a la hora de
impartirlas. Este extremo, añade el doctor Cañones, ha permitido que algunos
desaprensivos, aprovechándose del "desconcierto" y del miedo que atenaza a
muchos profesionales que ya se ven despojados de título, trabajo y opciones, organicen
cursos de más que dudosa calidad docente, pero de inequívoca intención lucrativa.
En cualquier caso, el estancamiento del Decreto de
Homologación se hace, quizá, más explicable cuando surge la convocatoria de un concurso
oposición, lo que lleva, no ya a colegir, sino a confirmar la apreciación del doctor
Felipe Chavida, presidente de Semergen, de que lo que realmente prima en todo este
guirigay de intereses contrapuestos es la lucha por los puestos de trabajo, un bien escaso
en el entorno médico. De ahí que cada colectivo intente "meter" a los suyos
"como sea".
Al final, si nadie lo remedia, logrará este cometido
aquél que más influencias tenga en las proximidades de la Administración. A tenor de
cómo transcurren los hechos, parece que la balanza se decantaría decididamente a favor
de los médicos de familia. Vistas las cosas bajo este prisma, dificultar el acceso al
título mediante baremos imposibles vendría a ser algo así como curarse en salud: menos
candidatos para los pocos puestos de trabajo disponibles, más posibilidades para los que
han obtenido el título a través del sistema de formación MIR, actualmente integrados en
semfyc. No obstante, al estar recurrido el decreto, la última palabra la tiene el
Tribunal Supremo.
También hay quien pone como ejemplo de solución el
título que en su día se otorgó casi automáticamente a los médicos titulares, a
quienes se les reconoció la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria; pero, al
decir del doctor Felipe Chavida, "se trata una situación distinta, porque dicho
reconocimiento llegó en el transcurso de un proceso de ordenación de las especialidades,
cuando aquellos médicos ya estaban trabajando como especialistas... Estos profesionales
eran los únicos médicos generales del sistema que a la asistencia sanitaria añadían
aspectos de salud pública, promoción y prevención de la salud, etc. Por eso, en aquel
momento se les concedió la titulación".
El MIR de familia, en la picota
No cabe duda que lo que se discute y enciende las pasiones
entre los médicos de Primaria es cómo se puntúan los tres años de MIR. Pero, surge
aquí otra cuestión: ¿Hasta qué punto es posible asegurar que el médico residente que
ha terminado el MIR de familia sabe todo lo que tiene que saber o sólo sabe lo que le ha
tocado ver?" En opinión del vicepresidente de semFYC, "es este un tema que
sucede en todas las áreas de la especialización médica, pero ya son problemas concretos
del programa. Hay que recordar que la especialidad de Medicina Familiar fue la primera que
tuvo un programa reglamentado de especialización, que se han hecho tres revisiones de ese
programa y que hay una Comisión Nacional que es la que se encarga de fijar los criterios
que tienen que cumplir los residentes. En suma, existe un control de calidad en el proceso
MIR".
¿Y cuánto tiempo de vigencia puede tener los méritos
que un médico va adquiriendo a lo largo de su carrera? "Esto es competencia directa
de las Administraciones que convocan cada concurso. Son ellas las que tienen que ponderar
hasta qué punto debe valer la experiencia profesional frente a la capacitación",
replica este médico de familia.
De cualquier modo, ¿es justo otorgarle al MIR de familia
la equivalencia de entre seis y ocho años de experiencia profesional? A la hora de
plantarse delante de un paciente ¿está realmente más o igual de "fogueado" y
con conocimientos "más frescos" que aquel médico que ha estado día a día con
los enfermos en un hospital o un centro de salud a lo largo de cinco años?
SemFYC lo tiene claro: el sistema de formación MIR implica,
"primero, aprobar una oposición importante; y segundo, estar tres años en un
hospital, cumpliendo un programa formativo que, en algunos casos son 60 horas semanales,
rotar por distintos servicios, cobrar un sueldo inferior al que se cobraría trabajando
como médico de familia en otro sitio
y todo eso de alguna forma tiene que tener un
peso, tanto por el esfuerzo que supone para quien lo hace, como por la formación".
Según Fleitas, hoy nadie cuestiona en este país que el MIR sea el mejor sistema de
especialización que existe".
SEMG, por su parte, estima que, "sin restarle un
ápice sus méritos, amén de que es un sistema de formación deseable para todo aquel que
practique la Medicina", está sobrevalorado en demasía. "Es falso que sea la
única vía de lograr individualmente una formación suficiente y una práctica clínica
de calidad ajustada a la realidad de la Atención Primaria. Además, no dura de por vida,
sino que desaparece si no se actualizan los conocimientos. Las habilidades de relación y
la profesionalidad sólo se consigue con la práctica diaria en las condiciones reales de
ejercicio. No puede sumar más méritos el que está preparándose para ejercer que el que
ya lo está haciendo".
Señala el doctor Pedro Cañones, "cuando se habla del
MIR parece como si al residente lo sentasen en un aula y eso es falso. Al MIR lo sueltan
en una consulta, le ponen pacientes delante y ¡a aprender! Si tienes alguna duda, me
preguntas y ya te contestaré si tengo tiempo. Es una técnica de inmersión, como los
aprendices de los oficios antiguos
".
La doctora Mercedes
Otero, tesorera de la Sociedad Española de Medicina General, estima, por su parte, que
"con los argumentos de los médicos de familia, parece como si el trabajo de médico
de cabecera sólo se pudiera desarrollar si se hacen los tres años del MIR en Medicina de
Familia, lo cual es un concepto erróneo, porque un médico general también ha estudiado
seis años de Medicina en una Universidad, con sus prácticas clínicas correspondientes;
por otro lado, tanto o más importante que el propio MIR es la formación continuada
posterior. Paradójicamente, muchos médicos de familia han trabajado en gestión sin
formación específica, es decir, se han estado formando a base de experiencia; por eso es
tan contradictorio que precisamente lo que rechazan para el médico general, lo pidan para
ellos en la gestión".
Al decir de la doctora Otero, "Para entrar en el MIR
había una tremenda competencia entre los pre 95 y nunca hubo plazas para todos, mientras
que todos los post 95 han tenido la posibilidad de hacer el MIR, ya sea en Medicina de
Familia o en otra especialidad. Y ahora protestan porque no se les barema el título que,
obligatoriamente, tienen que tener para poder trabajar". (Se refiere la doctora Otero
al caso de Castilla y León).
Añade la tesorera de la SEMG que hacer el MIR de familia
no es lo mismo que estar al pie de consulta todos los días con un paciente. "No es
lo mismo alguien que se preocupa de aprender, que alguien que está ahí esperando a que
pasen los tres años; tampoco es lo mismo desenvolverse en un medio donde los docentes
tienen interés por enseñar, que en otro donde sólo quieren quitarse de en medio al
residente porque está molestando. Es frecuente ver a un licenciado con el MIR de familia
recién acabado tener serias dificultades y titubeos con sus primeros pacientes, porque
nunca había tenido antes una responsabilidad con ellos, ya que hasta ese momento siempre
había estado tutelado. Además, no hay manera de saber si un MIR de familia ha
aprovechado los tres años de residencia, pues no hay ninguna evaluación final que lo
confirme. Perfectamente el residente pudo haber estado perdiendo el tiempo esos tres años
y, no obstante, recibirá igualmente el título. Tampoco es igual formarse en un hospital
de Navalucillos de Abajo que formarse en el Doce de Octubre, por poner un
ejemplo. Quiero decir con todo esto que no se puede reducir todo lo bueno a los tres años
del MIR de familia, como si eso asegurase la excelencia y calidad en el trabajo durante
toda la vida profesional".
El doctor Pedro Cañones, por su parte, apostilla:
"inútiles hay en todas partes, incluso en la vía MIR, ya que ésta no inmuniza
contra la estupidez personal, ni contra la ineptitud profesional, algo que podemos
comprobar todos los días, desgraciadamente".
Otro aspecto que resalta la doctora Mercedes Otero es que,
"entretanto", se ha ido prescindiendo de médicos que ya llevaban muchos años
trabajando a pleno rendimiento, con plena satisfacción de pacientes y de la propia
Administración, sólo por no disponer del título vía MIR de familia. En opinión de
esta médica, en el Real Decreto de Homologación no tenía por qué aparecer ninguna
equiparación en años de trabajo, "ya que no es esta misión de un Real Decreto,
sino de una mesa de negociaciones con las organizaciones afectadas". Tampoco hay
derecho, a su juicio, que el Consejo Interterritorial "se haya involucrado en temas
sindicales y haya acordado que la formación MIR equivalga entre seis y ocho años".
| Crónica de un controvertido Decreto La homologación comienza el año 1984, con la creación de la
especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria. Los médicos titulares de entonces
reciben automáticamente el título de médico de familia.
En 1989 se emite un Real Decreto donde se establece que
los médicos con cinco años de ejercicio en Primaria tienen opción a un curso de
perfeccionamiento a nivel hospitalario de cuatro meses de duración. Dicho curso permite
el acceso al título de Medicina de Familia. Un importante número de médicos se
matriculó y fue aceptado para hacerlo, pero en las Comunidades Autónomas el curso se
realizó de manera desigual y durante muchos años no se pudo desarrollar.
En 1993 sale el decreto de la acreditación. Incluso
entonces aún persistía un número importante de médicos sin hacer el curso
citado.
La Unión Europea establece la obligatoriedad de una
formación específica en Medicina General para ejercer en Primaria. España replica que
aquí ya existe tal formación bajo el título de Medicina de Familia. Aquello supone
homologar necesariamente a quienes eran médicos generales, porque la propia normativa
europea obliga a respetar los derechos adquiridos de los que ya eran médicos antes de la
promulgación de la norma.
Nace un Real Decreto que acredita a todos los médicos
generales para poder ejercer aun sin ser médicos de familia, es decir, sin tener la
formación de Medicina Familiar. Pero esta acreditación carece de puntuación alguna y,
es más, en el extranjero no sirve para nada.
Posteriormente se emite el Decreto de Homologación
1753/98, en el cual se exigen los cinco años de ejercicio, las 300 horas de formación
continuada y el famoso examen del que aún no se sabe quién va a ser el examinador ni
quién lo va a evaluar. Con estos requisitos cumplidos se recibe un título de Medicina de
Familia que no sirve absolutamente para nada, puesto que se puede seguir trabajando con la
acreditación.
La acreditación, como su nombre indica,
"acredita" para trabajar como médico en Atención Primaria del Sistema Público
a todo aquel profesional que se haya licenciado antes de enero de 1995, aunque no esté en
posesión del título de médico de familia.
En suma, el título de Medicina de Familia vale lo mismo
que la acreditación, es decir, cero puntos, ya que lo que se barema para las oposiciones
y concursos es la formación vía MIR. Luego, en las oposiciones de Primaria, se barema,
por primera vez y con dos puntos, a los profesionales que han obtenido el título de
Medicina de Familia por la vía del Real Decreto, es decir, a aquellos profesionales que
llevaban los cinco años trabajados y que hicieron el curso de perfeccionamiento.
Semfyc, que está formada por médicos de familia cuyo
apellido es "vía MIR", rechaza la anterior modalidad y exige que sólo se
bareme la formación MIR establecida para los licenciados en Medicina de Familia después
de enero de 1995. Valorar esta vía de acceso al título y no el título en sí, le
permite partir con ventaja de puntos en los concursos oposición.
En cualquier caso, la raíz del problema radica en la escasez
de puestos de trabajo. |