La financiación
autonómica de la Sanidad: Dificultades del proceso de transferencias
Los autores de este
trabajo constatan que el coste económico del proceso de transferencias sanitarias,
dependiendo del criterio de distribución a acordar, podría oscilar entre los
50.000 millones de pesetas/año, en el caso de una distribución proporcional simple, y
los 300.000, en el caso de llevarse a cabo los ajustes por nivelación y envejecimiento
relativo de la población. Se percibe, según los referidos autores, que no resultará
fácil el ajuste de este incremento de financiación en un entorno dominado por la
limitación del gasto público y la eliminación del déficit presupuestario |
Roberto Montero Granados (*), José Jesús Martín
Martín (**) y Mª del Puerto López del Amo González (***)
(*)Profesor del Departamento de Economía Aplicada de
la Facultad de Ciencias de la Universidad de Granada; (**)profesor del Departamento de
Economía Aplicada de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Granada; y (***)
profesora asociada de la Escuela Andaluza de Salud Pública. (***)
Durante el período democrático, el sistema sanitario
público español, ha venido creciendo constantemente, tanto en lo que se refiere a
población protegida como en prestaciones, lo que, unido al progresivo envejecimiento de
la población, ha provocado la necesidad de incrementar los recursos financieros (1).
En el Proyecto de Pesupuestos Generales del Estado para
1999, el gasto en Sanidad conllevaba una dotación de 4,731 billones de ptas., lo que
supone un 24 por 100 del total del gasto social y un 14 por 100 del conjunto del total del
gasto público estatal. El presupuesto del Instituto Nacional de Salud (INSALUD) (2)
integrado, que incluye las dotaciones correspondientes a las Comunidades Autónomas con
transferencias sanitarias, ha supuesto (con 4,622 billones de ptas.) más del 98 por 100
de dicho importe.
Expresado en porcentaje del Producto Interior Bruto (PIB),
el gasto sanitario público, que ronda el 80 por 100 del total, ha alcanzado el 7 por 100
del PIB en 1999, que es aproximadamente igual a la media europea si se ajusta por
diferencias en la renta per cápita española, o un 80 por 100 de la media europea si no
se ajusta. El 80 por 100 del incremento reciente del gasto sanitario público en términos
reales es explicado por los cambios en la prestación real media por persona, esto es, los
aumentos en la cantidad y calidad de los servicios provistos debido a las demandas
crecientes de los ciudadanos y a la incorporación de nuevas tecnologías, medicamentos y
otros productos sanitarios.
La financiación de la Sanidad se ha mantenido al margen
de la financiación general de las CCAA, entre otros motivos, porque los fondos de que se
proveía tenían su origen en las cotizaciones sociales de los trabajadores. En la
actualidad, y una vez que la fuente de recursos son los Presupuestos Generales del Estado,
no parece que perduren razones de peso que defiendan su segregación.
Por otro lado, también se percibe la
necesidad de, por motivos técnicos y políticos, completar el mapa de competencias
sanitarias, paralizado desde 1994. En este artículo se ha cuantificado el coste de la
culminación de este proceso, desde varios puntos de vista y alternando varias hipótesis.
Así, se han realizado varios cálculos teniendo como variable fundamental la población
de derecho, la población protegida y la población ajustada a la pirámide poblacional.
Asimismo, se ha supuesto que el traspaso se deberá llevar a cabo bajo el criterio de que
ninguna CA vea mermada su capacidad de financiación con la aplicación de un criterio
capitativo cualquiera.
Los resultados obtenidos reflejan que el coste económico
del proceso, dependiendo del criterio de distribución a acordar, podría oscilar entre
los 50.000 millones de ptas./año, en el caso de una distribución proporcional simple, y
300.000 millones de ptas. año, en el caso de llevarse a cabo los ajustes por nivelación
y por envejecimiento relativo de la población. Se percibe que no resultará fácil el
ajuste de este incremento de financiación en un entorno en el que predominan la
limitación del gasto público y la eliminación de déficit presupuestario.
Aspectos básicos del SNS
En sus inicios, el sistema sanitario público español surge
en el marco de un modelo de Seguros Obligatorios de Enfermedad, pero, a diferencia de
otros modelos continentales europeos, la Seguridad social española desarrolla (sobre todo
en los años 60) una extensa red de centros y organizaciones propias de carácter
ambulatorio y hospitalario. El escaso desarrollo de otras redes asistenciales
alternativas, con la relativa excepción de Cataluña, propicia una fuerte integración
vertical (Martín, J. 2000, 198), burocrática y funcional, cuyas peculiaridades
administrativas, entre las que se encuentran el especial régimen estatutario de su
personal, la abocan a una inevitable generación de déficits presupuestarios que se
acumulan de año en año.
Así, al iniciarse en 1976 el período de la transición
política en España, la estructura del Sistema Sanitario español es eminentemente
pública (un 75 por 100) y financiado por cotizaciones sociales (un 80 por 100) por lo que
nos encontramos con un sistema de corte profesional donde la Seguridad Social es la
principal financiadora y proveedora de los servicios. El cuadro 1, elaborado desde el
punto de vista de la población cubierta en 1979, muestra como más del 80 por 100 del
gasto sanitario público es financiado por la Seguridad Social.
CUADRO 1. COBERTURA DE LA ASISTENCIA
SANITARIA PÚBLICA EN 1979 (EN %)
El sistema de financiación de la Sanidad
se excluyó del sistema de financiación general (3) y así, la Ley Orgánica de
Financiación de la Comunidades Autónomas (LOFCA) mencionaba expresamente que no abarcaba
las competencias de la Seguridad Social. Esta discriminación provocó la coexistencia de
dos formas básicas de financiación, las derivadas de la LOFCA, que afectaban a la
totalidad de las CCAA y las derivadas del sistema de financiación sanitaria (que afectaba
fundamentalmente a las CCAA con competencias asumidas).
El envejecimiento de la población va teniendo una
importancia creciente, llegando a explicar el 15 por 100 de los incrementos del gasto en
la segunda mitad de la década de los 90. Para el año 2050, y según estudios del
profesor Barea, se prevé que los ciudadanos mayores de 64 años superen, en España, los
11 millones de personas, un 30 por 100 de la población, y que el gasto sanitario del
colectivo pase de los casi 2 billones en 1997 a 10 billones en 2050, es decir, un aumento
de 8 billones, de los que 6,6 se deberán a la mejora de la prestación real media y 1,4
al factor demográfico.
La figura 1 muestra la evolución del gasto privado y
público de la Sanidad en España. Del mismo se deduce que los incrementos de recursos
necesarios en el sistema sanitario derivados de la universalización del servicio de
salud, del incremento de la prestación media y del envejecimiento de la población son
absorbidos en su casi totalidad por el sistema público de salud, manteniéndose constante
el gasto privado.
FIGURA 1: GASTO PÚBLICO Y PRIVADO
EN SANIDAD
El acelerado incremento del Sistema
Nacional de Salud, combinado con los procesos de cambio político y de transferencias de
competencias provoca importantes trastornos y desajustes entre los que, como uno de los
más importantes, figura el de la financiación sanitaria, originándose graves déficits
presupuestarios que requerirán la puesta en marcha de repetidos e importantes procesos de
saneamiento.
Debido, entre otras razones, al temor a la quiebra del
sistema de Seguridad Social, tras la promulgación de la Ley 37/88 de Presupuestos
Generales del Estado para 1989, se produce una profunda alteración en la composición de
las fuentes de recursos del sistema sanitario, que pasa, de financiarse con cotizaciones
sociales de los trabajadores, a financiarse con cargo a los Presupuestos Generales del
Estado (con origen en impuestos). Esta decisión, ratificada posteriormente en el
denominado Pacto de Toledo facilita que las cotizaciones sociales se liberen de la carga
del sistema sanitario, posibilitando el saneamiento del sistema de pensiones.
La inversión de la relación entre cotización e
impuestos a la hora de financiar la Sanidad pública es un elemento de capital importancia
(Sanfrutos, 1997, 17). Hasta 1988 la relación venía siendo de 75-25 a favor de las
cotizaciones sociales, invirtiéndose a partir de 1989, en que los impuestos representan
un papel preponderante (75 por 100). En 1997, la participación de las cotizaciones
sociales en el Presupuesto de la Seguridad Social para Sanidad apenas alcanzaba el 6 por
100.
En el cuadro nº 2 se refleja, en términos relativos, el
cambio relativo de la participación en los ingresos sanitarios de cada agente. Con el
mantenimiento de la tendencia, las disposiciones legales prevén que la dotación con
cargo a los Presupuestos Generales del Estado deberá convertirse en exclusiva para el
año 2001.
CUADRO 2: FUENTES DE FINANCIACIÓN
DE LA SANIDAD EN ESPAÑA (EN %)
El sistema de financiación autonómica
de la Sanidad
El proceso de transferencias a las CCAA de las competencias
sanitarias se inicia en el año 1981 con Cataluña, continuando posteriormente con
Andalucía (1984), País Vasco (1988), Valencia (1988), Galicia (1991), Navarra (1991) y
Canarias (1994). Dada la inexistencia de un marco normativo general, los sistemas de
financiación fueron específicos de cada CA, realizados al socaire del proceso de
negociación y plasmados en cada uno de los Decretos de traspaso de competencias.
Paralelamente a este proceso de trasferencias, entró en
vigor la Ley General de Sanidad (LGS, aprobada en marzo de 1986), que articula el nuevo
Sistema de Salud español, adaptándolo a la estructura descentralizada definida
constitucionalmente. En realidad, gran parte del contenido real de la descentralización
administrativa denominada Estado de las Autonomías se define y perfila en los debates
parlamentarios que aprueban la Ley sanitaria y que, hasta entonces, sólo estaban
vagamente señalados en la propia Constitución y en los respectivos Estatutos de
Autonomía (Rico, A. 1998, 50).
Desde el inicio del proceso de transferencias y hasta la
actualidad ya se ha mencionado que uno de los principales problemas del los modelos de
financiación autonómica de la Sanidad ha sido la insuficiencia tanto estática como
dinámica (4).
La insuficiencia financiera es provocada tanto por la
ampliación de las prestaciones cubiertas por el sistema público como por su
universalización a la práctica totalidad de la población. Lo que provoca que se afloren
deudas no contabilizadas por cuantía superior a los 140.000 millones (1989) y 560.000
millones de pesetas (1992).
El acuerdo de 1994-1997.
El primer acuerdo del Consejo de
Política Fiscal y Financiera (CPFF) el 21 de septiembre de 1994, que permanecería en
vigor durante el período 1994-1997, supuso una importante novedad en la forma de
financiar la Sanidad española, ya que, por primera vez se alcanzaba un acuerdo marco
transparente y negociado de forma conjunta para todo el Estado.
A pesar de sus defectos, tanto en este acuerdo como de los
siguientes, no se puede negar el enorme avance que supone respecto a la descoordinación,
desconexión y relativo desorden de los distintos sistemas de transferencias que
convivían hasta la fecha, tanto en términos de transparencia, como de estabilidad.
En dicho acuerdo figura como importante novedad el
establecimiento de una cláusula automática de crecimiento anual de los recursos en
función del P.I.B. nominal, supuestamente sobre bases reales de gasto (que eran el gasto
declarado en 1993, que comprende el proceso de saneamiento). También se establecían los
mecanismos financieros para ir aproximando progresivamente el volumen de recursos
disponibles por cada CA al porcentaje de su población protegida (en el caso de las CC.AA.
con trasferencias asumidas) alejándose por tanto del criterio general de coste histórico
aplicado hasta entonces.
En el cuadro nº 3 se recogen las cuantías y los
porcentajes de participación de cada CA en dicho acuerdo. Resulta significativo prestar
atención a la variación de los porcentajes de participación de todas las CCAA,
excepción hecha de Andalucía y Cataluña cuyo régimen de participación ya estaba más
consolidado, debido a los mencionados períodos de ajuste desde cada sistema de
financiación particular hasta el general que, con este acuerdo se origina.
CUADRO 3: ACUERDO 1994-1997.
CUANTÍAS A PERCIBIR POR CCAA EN COMPETENCIAS E INSALUD (MILLONES EN PTAS)
Las críticas más importantes a este modelo hacen
referencia a su insensibilidad a las variaciones en el porcentaje de población, lo que
provocó que, durante los cuatro años que el acuerdo estuvo en vigor, las distorsiones
alcanzasen proporciones significativas, especialmente en el caso de Andalucía y Canarias,
al ser las que mayor crecimiento demográfico experimentan (Sanfrutos, 1997, 57). Por otro
lado, también se critica que las bases de gasto no eran tan reales como se presumía y
que, en cualquier caso, no se financiaba el incremento en la prestación real media.
El acuerdo del Consejo de Política Fiscal y
Financiera para el período 1998-2001.
El acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera de 27
de noviembre de 1997 establece un nuevo marco de financiación de la Sanidad para el
cuatrienio 1998-2001.
En el mismo, se continúa manteniendo el criterio del
anterior acuerdo sobre la población protegida (actualizada según el padrón de 1996) y
el criterio de incremento del P.I.B. nominal (aunque con la salvedad de que se utiliza el
P.I.B. nominal al coste de los factores (5), que es unas décimas inferior). En cuanto a
las novedades, la más significativa es la creación, al margen del fondo general, de un
segundo fondo para atender necesidades específicas (pérdidas de población, centros de
excelencia y atención de desplazados).
En este modelo se acuerda la constitución de dos fondos,
uno que garantice la suficiencia general del sistema y otro para atender necesidades
específicas.
a) El fondo general está dotado presupuestariamente con
3.769.396 millones de pesetas anuales. Este importe es el inicialmente programado al que
se le han incrementado 50.000 millones (40.000 millones de los cuales provienen de la
lucha contra el fraude en la incapacidad transitoria). Este fondo se vería incrementado
con la dotación de los fondos con origen en las medidas racionalizadoras de gasto.
El fondo de atenciones específicas se divide, a su vez,
en dos subfondos, uno para la garantía de modulación financiera, dotado con 20.444
millones de pesetas, y otro para atender a los gastos que ocasionan los centros de
docencia e investigación y las atenciones hospitalarias a los habitantes temporalmente
desplazados, que asciende a 47.918 millones de pesetas.
Así, la distribución total por fondos es la que recoge
el cuadro nº 4
CUADRO 4: CUANTÍAS ASIGNADAS A CADA
FONDO (MILLONES EN PTAS.). AÑO BASE 1998
El objetivo del fondo de modulación
financiera es mitigar los descensos bruscos en la financiación de aquellas CCAA que
sufren pérdidas porcentuales de población desde el censo de 1991 al de 1996; su importe
se divide en 15.000 millones de pesetas para las CCAA de gestión transferida y el resto
para el territorio de Insalud-gestión directa. Cuando de las diferencias de población se
deducen incrementos de población respecto al acuerdo anterior (el caso de Andalucía,
Valencia y Canarias) el importe resultante es cero. El fondo para asistencia a
desplazados, docencia y centros de investigación pretende solventar los gastos que se
derivan de la atención de enfermos desplazados entre CCAA y ayudas a la financiación de
determinados centros generadores de externalidades positivas para todo el país.
La dotación de estos fondos, aunque por su cuantía no
merezca demasiada consideración, implica la atenuación del criterio poblacional que
consagra la Ley, ya que actúa precisamente en contra del mismo, corrigiendo las
desigualdades en el censo de población. Ello redunda en una disminución de la capacidad
financiera de las CCAA cuya población se incrementa a favor de aquéllas en las que se
reduce.
La variable principal de distribución continúa siendo la
de población protegida, para la que se utilizaron los datos del censo de 1991,
actualizados con el padrón de 1996 (6). El cuadro nº 5 recoge los datos de población
definitivos utilizados
Por último, en el cuadro nº 6 se reflejan las cuantías
concretas con las que se dotó a las distintas CCAA para la gestión de sus servicios
sanitarios.
CUADRO 5: DETERMINACIÓN DE LA
POBLACIÓN PROTEGIDA (Nº PERSONAS Y %)
CUADRO 6:
DETERMINACIÓN DEL VOLUMEN Y DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS TOTALES (MILLONES DE PESETAS)
Problemas a afrontar
Así pues, el nuevo modelo de financiación autonómica
tendrá que abordar la solución de importantes dificultades que pueden afectar a la
estructura de su sistema, lo que exigirá mayor robustez y rigor metodológico en los
estudios empíricos que lo sustenten. Sin ánimo de exhaustividad pueden mencionarse, como
más relevantes, los siguientes: tratamiento adecuado para los problemas de insuficiencia
financiera; inclusión o exclusión de la financiación de la sanidad en el modelo de
financiación autonómica general.; y completar el proceso de transferencias.
-Tratamiento de la suficiencia financiera.
Tal y como se ha mencionado, y aunque es un problema que
también afecta al sistema de financiación autonómica general, el sistema de
financiación autonómica de la Sanidad debe revisarse en profundidad. La inexistencia de
traslados de riesgos significativos a los responsables de las CCAA, derivados del uso más
o menos eficiente de los recursos transferidos, es una asignatura pendiente (Martín, J.
2000, 2). En este mismo sentido, Rico considera que uno de los motivos que provoca esta
insuficiencia financiera puede ser la relativa ausencia de corresponsabilidad en la
gestión presupuestaria, que no estimula el control del gasto (Rico, 1998, 63). Sin
embargo, ésta no es la única causa de todos los problemas de déficit, dado que el
incremento general de las prestaciones o la rígida estructura burocrática, y laboral del
sistema también presionan en contra de la consecución del objetivo de equilibrio
financiero.
-Inclusión o exclusión del sistema de financiación
sanitaria en el Sistema LOFCA.
Este escenario de incorporación al sistema LOFCA es el más
probable a medio plazo (Cabasés, 1998, 69), aunque previamente debe resolverse sobre el
carácter finalista de los fondos. A este respecto, el profesor López i Casasnovas (1997,
9) advierte de la posible ruptura del principio presupuestario de unidad de caja si la
vía que se escoge para la integración de la financiación sanitaria es la de espacio
fiscal, es decir de cesión o creación de impuestos recaudados directamente por las CCAA
pero éstos se afectan directamente a fines sanitarios. La ruptura de este principio
podría perjudicar la prestación de servicios públicos con menor capacidad de
concreción pero, no por ello, menos necesarios.
Sin embargo, puede advertirse que de
producirse la integración, el problema se trasladaría a la definición de las
características deseables de un modelo general de financiación autonómica (con la
Sanidad incluida), lo que implicaría el deber de enlazar un nivel de corresponsabilidad
deseado con el establecimiento de garantías, para cualquier ciudadano del estado
español, de prestación de servicios básicos como la sanidad y educación, con
independencia de su lugar de residencia (Martín, J. 2000, 2). Estos problemas, que
implican un previsible desequilibrio territorial de las prestaciones, alientan la opinión
de otros autores que se manifiestan en el sentido de la conveniencia de preservar la
financiación sanitaria al margen del resto de financiación autonómica. Estos últimos,
entre otras, aluden a razones de tipo equitativo (todos deben tener iguales derechos en el
mismo país), redistributivo (la financiación de la Sanidad redistribuye riqueza desde
las CC.AA. más ricas hacia las más pobres), de carácter comparado con otros países
descentralizados (en los que la financiación de la Sanidad se suele negociar de forma
separada del resto) e incluso de margen de maniobra de negociación para los gobiernos
centrales. (Rey, J, 2000, 309).
-Completar el proceso de transferencias de competencias
sanitarias a todas las CC.AA.
La coexistencia de unas Administraciones con las competencias
en materia de Sanidad asumidas con otras en las que las mismas aún no han sido
transferidas provoca graves asimetrías en el sistema cuyos reflejos más importante son:
la irresponsabilización en el gasto; que el Insalud no pueda ejercer las funciones de
coordinación e inspección general; desconfianza entre los gestores, etc. Esto entorpece
la gestión general del SNS.
Por ello, completar el mapa de transferencias se ha
constituido como un importante objetivo de la presente legislatura. El próximo acuerdo de
financiación cobrará, si cabe, una mayor importancia, por cuanto constituirá un
importante punto de partida para la mayoría de las Administraciones sanitarias de las
CC.AA. con competencias sanitarias recién transferidas o con las mismas a punto de
transferirse. La evaluación económica de este proceso constituye un punto de partida
para el mismo.
Coste del proceso de transferencias
Los resultados que se exponen son parte de un proyecto de
investigación, financiado con Fondos Europeos de Compensación Interterritorial FEDER, en
el que intervienen varias Universidades españolas (Navarra, Granada, Málaga) y la
Escuela Andaluza de Salud Pública, que pretende profundizar en la elaboración de
herramientas económico-financieras mediante técnicas de programación matemática
multicriterio que ayuden a solucionar complejos problemas de decisión política en
general y de la Administración sanitaria en particular.
En esta línea, la valoración del coste de la
culminación del proceso de transferencias y la definición de los acuerdos de
financiación necesarios constituye un primer elemento de crucial importancia. Para ello
se han construido varios escenarios en función de las variables de distribución y los
criterios metodológicos a aplicar. Se comentan aquí dos de los principales escenarios
construidos, cuyo rasgo diferencial básico es la utilización, como variable básica, de
la población protegida neta y la población protegida ajustada por edad.
El presente estudio no tiene ambiciones normativas, es
decir, no se pretende argumentar ni defender que el criterio poblacional deba ser único o
excluyente. Sin embargo, dado que la población, protegida o de derecho, ha suscitado
tradicionalmente un amplio grado de consenso, además de recogerse expresamente en la Ley
General de Sanidad, se ha considerado que puede constituir una variable válida para la
elaboración de modelos y para trabajar con cálculos preliminares.
En este sentido, se muestra, de forma explícita y en
términos de coste financiero, el grado de dificultad para afrontar el proceso de
transferencias, cuando existen diferencias significativas en el gasto público por
habitante entre CCAA. Diferencias que se están produciendo tanto si se han asumido las
competencias sanitarias como, en mayor medida, cuando aún se tiene pendiente este
procedimiento. El cuadro nº 7 muestra el nivel actual de gasto de cada CA y su
correspondencia en gasto por habitante y año. También se muestran varias comparaciones
que indican la gran variabilidad del nivel de inversión entre CCAA en términos de
población. (Desde 110.000 ptas/habit. en Aragón o Asturias o cerca de las 108.000
ptas./habit. de Cataluña y Cantabria hasta las 90.000 ptas./habit. para Baleares).
CUADRO 7: GASTO SANITARIO PÚBLICO
PER CÁPITA POR CCAA: COMPARACIONES BÁSICAS (EN MILES DE PTAS Y PTAS POR HABITANTE Y
AÑOS)
La dispersión de estas cifras, más
acusada entre las CCAA sin competencias asumidas, constituye un indicador de la necesidad
de racionalización de la financiación entre CCAA.
Características básicas de los modelos
-Principio de suficiencia financiera: Que consiste en que se
debe garantizar, como mínimo, el nivel actual de gasto sanitario de las distintas CC.AA.
Por ello se utiliza la variable poblacional como criterio de distribución exclusivamente
cuando de su aplicación se deduzca un importe de financiación superior a su nivel de
gasto actual, pero, en caso que la financiación actual sea superior a la que se dedujera
de la aplicación del porcentaje correspondiente de población se mantendría el volumen
de transferencias actuales. Esta limitación, que limita pérdidas sobre el nivel actual
de gasto, se deriva de la general aversión de los gestores a reducir el nivel de
actividad, por lo que puede significar de pérdida de calidad del servicio público. Así,
debe suponerse que, por ninguna CA sería aceptado un modelo de financiación que le
otorgase un nivel de recursos por debajo del actual (que podría obligar a, desde una
mínima reducción de actividad hasta el cierre de centros y rescisión de contratos),
mientras que por otro lado, todos los gestores desearán y defenderán que su nivel de
financiación sea, a priori y como mínimo, proporcional a su población. Es decir:
Cuando: Gpi < G*i _ G*i
Donde: Gpi = Volumen de gasto proporcional al criterio
poblacional. G*i = Volumen de gasto histórico.
-Ajuste por nivelación: La aplicación del primer
criterio provocará la coexistencia de CCAA financiadas en función de su porcentaje de
población protegida con otras con un nivel de financiación superior (financiadas según
costes históricos). Esta inestable situación profundiza en el mantenimiento de las
desigualdades territoriales e incluso, justifica una menor eficiencia en el gasto
sanitario público y corresponsabilidad fiscal. Por ello, se ha construido un segundo
escenario en el que se ha cuantificado el coste de equiparar el gasto sanitario per
cápita en todas las CCAA hasta la correspondiente a la CA con mayor nivel de gasto.
-Variables de distribución: Se han considerado la
población de derecho y la protegida. Calculándose según el censo de 1991, actualizado
con el padrón de 1996, es decir, los mismos datos que fueron utilizados en el acuerdo
vigente en la actualidad. Debe suponerse que el próximo modelo se basará en un futuro
censo, a publicar en 2001, del que cabría esperar modificaciones relativas sobre el
actual.
-Fondo de distribución: Se considera un único fondo
general común, en el que se agregan los actuales fondo general y específico (en sus dos
vertientes, de modulación financiera y de asistencia a desplazados y docencia). En
realidad, dicha restricción no es demasiado irreal, ya que la constitución de fondos
especiales nunca se ha llegado a justificar de forma satisfactoria (7).
-Cálculo del coste de las transferencias
-Según la población protegida no ajustada por edad:
Un primer ajuste básico consiste en comparar el porcentaje
de población de cada CA con su porcentaje de participación en el gasto total (según los
principios metodológicos de distribución expuestos en el punto anterior). Una vez
realizado el proceso de transferencias, cada CA deseará, inicialmente, que su cuota de
participación en los fondos generales sea la mayor de ambas.
Dicho ajuste puede realizarse utilizando como variable
poblacional la población de derecho o la población protegida de cada CA. Con los datos
de esta última, las CCAA que elevarían su cuota de participación (por ser la actual
inferior a la media nacional) serían: Andalucía, Canarias, Galicia, Navarra, País Vasco
y Valencia, entre las CCAA con competencias asumidas, y Baleares, Castilla-La Mancha,
Castilla y León, Murcia y La Rioja entre las CCAA sin competencias asumidas. Por otro
lado, las CCAA que, según este primer criterio, deberían ver congelado su presupuesto
(por ser este, actualmente, superior, a su porcentaje de población protegida) serían:
Cataluña, entre las CCAA con competencias; y Aragón, Asturias, Cantabria, Extremadura y
Madrid, además de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, entre las CCAA sin
competencias asumidas.
Puede resultar interesante el hecho de que, de todas las CCAA
con las competencias asumidas, sólo sea Cataluña en la que siendo superior el nivel de
gasto actual al capitativo, sea el criterio de gasto histórico el que se debiera
aplicarse. Al realizarse los cálculos de la desviación que produciría este ajuste y que
indica el volumen total de recursos financieros necesarios para que se pueda afrontar el
proceso de transferencias (respecto a los datos de 1999), la diferencia asciende a la
cantidad de 47.551 millones de pesetas, de los cuales 32.691 millones corresponden
específicamente a las CCAA que, hasta la fecha, constituyen la zona Insalud-Gestión
Directa, mientras que el resto, 14.859 millones, corresponde a ajustes entre las CCAA con
la gestión transferida. Éste es, por lo tanto, el importe en el que sería necesario
incrementar los recursos del sistema sanitario público para hacer frente al proceso
pendiente de transferencia de competencias.
Sin embargo, el doble método de distribución de la
financiación (gasto histórico o capitativo) provoca una evidente asimetría en la
asignación de recursos, más favorable a aquellas CCAA con mayor nivel de gasto
histórico. Por ello, a medio plazo, no puede considerarse como un sistema estable, sino
que aflorarán reclamaciónes de las CCAA financiadas bajo un criterio capitativo para que
se incremente su nivel de financiación hasta, como mínimo su equiparación con las
financiadas según coste histórico.
El cuadro nº 8 recoge los datos de las CCAA españolas
ajustados por nivelación, es decir, qué volumen de financiación corresponde a cada CA
si disfrutase de la misma financiación (en términos per cápita) que la CA con mayor
volumen de recursos (8).
CUADRO 8: AJUSTE A MÁXIMOS EN LA
FINANCIACIÓN SANITARIA (PTAS POR HABITANTE Y MILES DE PTAS)
Según el mismo, y en el caso de la
población protegida, la CA con mayor financiación per cápita es Aragón, con 117.821
ptas. por habitante. El igualar la financiación de todas las CCAA a esa cifra provocaría
un incremento, respecto a la financiación ordinaria en el año base, de 371.902 millones
de pesetas, de los cuales 145.938 millones se destinarían a las CCAA correspondientes al
territorio Insalud.
- Según población protegida ajustada a la pirámide
poblacional.
La población más envejecida hace un uso de los servicios
sanitarios superior a la media de la población. Esto podría provocar que, si se
demuestra que existen diferencias significativas en la estructura de la pirámide
poblacional de algunas CCAA respecto al resto, aquellas que tuviesen una población
relativamente más envejecida pueden tener una mayor dificultad para alcanzar los
estándares de salud medios si sólo se les dota de una capacidad de financiación media.
La figura 2, elaborada a partir de la encuesta de
morbilidad hospitalaria (9), muestran el grado de utilización de los servicios
hospitalarios según la estructura de edad de la población. En él se puede apreciar como
el número de estancias en el hospital decrece de forma considerable desde el primer año
y se incrementa de forma espectacular a partir de los 65.
FIGURA 2: UTILIZACIÓN DE LOS
SERVICIOS HOSPITALARIOS POR TRAMOS DE EDAD EN ESPAÑA (ESTANCIAS EN CENTROS HOSPITALARIOS)
Sin embargo,
existen limitaciones importantes que impiden la aplicación de los resultados de los
análisis que estudian los gastos médicos en función de la pirámide poblacional a la
distribución de recursos entre CCAA, entre las que cabe destacar:
- La base estadística no es completa, es decir, cuando
analizamos el gasto desagregado por edades, lo que en realidad estamos haciendo es
calcular las estancias hospitalarias por edades y estimar que, de media, todos los
ingresos hospitalarios tienen un coste medio esperado similar.
- Las encuestas en las que se basan las estadísticas no
tienen, en ningún caso, una finalidad financiera. Esta reflexión puede ser importante,
ya que sus resultados no deberían poder extrapolarse a un campo financiero sin considerar
la oportunidad de incluir importantes correcciones.
- Las estadísticas con origen en la OCDE se han realizado
en 13 países pertenecientes al citado organismo, pero entre los que no figuraba España.
- La conexión entre los problemas sociales y sanitarios
es grande y, en ocasiones, enfermo o médico pueden confundir ambos. Así, lo que no sea
más que un problema de integración social, de soledad o de abandono familiar, pueda
llegar a ocasionar gastos médicos sanitarios. A este respecto la investigación llevada a
cabo en varios hospitales de Mallorca puede ser esclarecedora (Fuster et al., 2000, 277)
En los mismos se llegó a reducir de un 23 a un 26 por 100 las estancias medias, y por
extensión, el coste de los pacientes con problemas socio-sanitarios, entre los que figura
la edad avanzada, con estancias superiores a los 23 días.
En el cuadro nº 9 (en el que se utiliza la misma
metodología del escenario ajustado por nivelación) se recoge la información relativa a
la población ajustada a la pirámide de población de las CCAA españolas, según los
pesos que, a cada tramo de edad se derivan de la encuesta de morbilidad hospitalaria,
también se compara ésta con el actual nivel de gasto (en términos relativos),
determinándose, en la última columna, el nivel de financiación necesario para cada CA.
CUADRO 9: DISTRIBUCIÓN
PROPORCIONAL. POBLACIÓN AJUSTADA A LA PIRÁMIDE DEMOGRÁFICA (% Y MILES DE PTAS)
De las cifras señaladas se desprende que
este doble ajuste por edad y por nivelación provocaría unas necesidades de financiación
adicionales que ascenderían a 337.826 millones de pesetas anuales, de los cuales 208.837
millones corresponderían a ajustes a realizar dentro del territorio Insalud en exclusiva.
En conclusión se puede advertir la dificultad, en un
ambiente de restricciones presupuestarias y a pesar de ser un objetivo político
explícito, de alcanzar un acuerdo de traspaso de las competencias sanitarias a las CCAA
que aún no disponen de ellas, fundamentalmente debido a las actuales diferencias de
financiación entre CCAA.
(1) El gasto sanitario público se ha
convertido en la partida de gasto más importante de los Presupuestos Generales del Estado
(Presentación del proyecto de Pptos. para 2001, pág. 69), si excluimos la financiación
del sistema de pensiones.
(2) El INSALUD (Creado por R.D. de 18 de noviembre de 1978)
es la actual entidad gestora del sistema sanitario de la Seguridad social, siendo
considerado como el heredero del anterior Instituto Nacional de Previsión.
(3) Debido, fundamentalmente a su obtención de recursos vía
cotizaciones sociales y a las pocas CCAA que, entonces, tenían competencias asumidas.
(4) La suficiencia estática se define como la capacidad
financiera anual suficiente para poder atender las necesidades del servicio. La
suficiencia dinámica se refiere a que esta cuantía se incremente cada año de forma
suficiente para atender tanto los incrementos en la prestación del servicio (nuevas
terapias, medicamentos, etc.) como el progresivo envejecimiento de la población.
(5) El P.I.B. nominal puede calcularse a coste de los
factores y a precio de mercado, En el acuerdo sólo se mencionaba que el presupuesto total
ser vería incrementado en función del P.I.B. nominal, no especificándose a cual de los
dos se refería. Debido a esta indefinición, el elegido por los responsables
presupuestarios ha sido el primero. El P.I.B. nominal a coste de los factores se
diferencia del P.I.B. nominal a precios de mercado en que, del cálculo del primero se
excluyen algunos elementos, como el I.V.A. o las subvenciones. La no neutralidad, en la
práctica, del I.V.A. provoca que su cuantía sea siempre unas décimas inferior al P.I.B.
a precios de mercado, lo que provoca una pérdida de financiación del sistema sanitario
en general.
(6) Excepcionalmente, y aunque para el resto de financiación
autonómica (fundamentalmente financiación LOFCA), no se admitió la actualización del
padrón de 1996, para la financiación de la sanidad sí se reconoció la validez de esta
renovación. Gracias a este reconocimiento las CCAA con mayor tasa de crecimiento
poblacional consiguieron mayores tasas de participación en los presupuestos.
(7) Tampoco se contemplan fondos separados para fines
específicos (Del tipo Lucha contra el fraude en la I.T. o de Ahorro de la factura
farmaceútica) dado que la constitución de dichos fondos suele obedecer a criterios
políticos coyunturales.
(8) Dada la necesidad de excluir del cálculo a algunas CCAA
uniprovinciales de muy alto nivel de gasto así como a las ciudades autónomas de Ceuta y
Melilla, por ser poco representativas del gasto medio y para evitar el subjetivismo y
según la teoría central del límite se ha optado por construir un intervalo básico del
gasto público en sanidad, en la que la media es la media del gasto público total en
España y los márgenes superior e inferior viene determinados por la desviación típica,
es decir: [media ± desviación típica] (según la teoría central del límite, la
probabilidad de que el gasto esté entre esos márgenes es del 70 por 100). Este mecanismo
matemático robustece los cálculos.
Los intervalos construidos arrojaron los siguientes valores:
Para la población protegida: (100.912;118.662)
Para la población de derecho: (96.669;106.912)
(9) La encuesta de Morbilidad Hospitalaria, (EMH), aunque no
tan antigua como la de Defunciones, tiene también gran tradición en el I.N.E. Se
implantó en el año 1951 y desde entonces ha sido elaborada anualmente. Su principal
objetivo consiste en conoce la estructura y evolución de la morbilidad hospitalaria, es
decir, de las personas enfermas que han ingresado en los hospitales. En concreto, trata de
medir la morbilidad en función de distintos diagnósticos, la estancia media en el
hospital por tipo de diagnóstico y el ámbito de influencia. |
Bibliografía
Cabasés Hita, Juan Manuel. (1998). "La
financiación sanitaria autonómica. Bases para una propuesta". Papeles de Economía
Española, nº 76. Pág. 67-77. Madrid.
Fuster Obrador, P. Rodríguez Gómez, C. Fuster Culebras,
J. (2000): "Contribución de las unidades de trabajo social a la disminución de la
estancia media". Avances en Gestión Sanitaria. XX Jornadas de Economía de la Salud.
Pág. 277-280. A.E.S.
López i Casasnovas, Guillem. (1997). "El futuro de
la financiación sanitaria". Fulls economics del sistema sanitari, nº 29, mayo.
Pág. 8-10. Generalitat de Cataluña. Barcelona.
Martín Martín, José Jesús. (2000). "Innovaciones
y reformas organizativas en el sistema nacional de salud español". Curso experto
universitario en gestión de unidades clínicas. Pág. 177-223. Universidad Nacional de
Educación a Distancia.
Martín Martín, José Jesús; López del Amo, María del
Puerto. (2000). "Igualdad, eficiencia y financiación autonómica de la
sanidad". Economía y Salud, nº 38. abril. Pág. 1-2. Asociación de Economía de la
Salud. Barcelona.
Ministerio de Economía. (2000). Presentación del
proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2001. Ministerio de Economía.
Madrid.
Rey del Castillo, Javier. (2000). "La financiación de
los servicios sanitarios: una parte de un debate más amplio". Gaceta sanitaria, nº
14 (4). Pág. 306-313. Madrid.
Rico Gómez, Ana. (1998). "La descentralización
sanitaria en España: El camino recorrido y las tareas pendientes". Papeles de
Economía Española, nº 76. Pág. 49-66. Madrid.
Sanfrutos Velázquez, Norberto. (1997). La financiación
de la sanidad en España. Mimeo. Escuela Andaluza de Salud Pública. Granada.