El Certificado Médico de Defunción (CMD)
es el documento médico-legal que acredita la muerte del fallecido y es imprescindible,
junto con el Boletín estadístico de defunción para la inscripción de la defunción en
el Registro Civil, de donde pasará al Instituto Nacional de Estadística (INE), en donde
se realizan las estadísticas de mortalidad, codificando las causas de la muerte de
acuerdo con la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE).
La inscripción da fe de la muerte de una persona, da la fecha, hora y
lugar en que acontece. En tanto no se realiza la inscripción, no se expide la licencia
para el entierro o cremación, que no tendrá lugar hasta transcurridas veinticuatro horas
desde el momento de la muerte ni después de las cuarenta y ocho, salvo cuando haya
intervención judicial.
Casos especiales. En las situaciones de cadáver judicial, es el
informe de la autopsia médica forense el que se emplea para el CMD y la inscripción en
el Registro Civil.
En el supuesto de que seamos requeridos para certificar la muerte de un
fallecido y en el examen del cadáver (imprescindible realizar) detectemos señales de
violencia, debemos contactar con el juez de guardia y no firmar el certificado, será el
médico forense el que emita el informe de la autopsia y es éste el que se emplea para la
inscripción.
En la sospecha de cadáver contaminado con productos radiactivos o
portadores de prótesis con radioelementos artificiales, se comunicará a la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales que a su vez solicitará la intervención de la autoridad
competente en materia de protección radiológica.
El modelo de certificación de defunción consta de dos impresos
diferentes:
1.Certificado Médico de Defunción
2.Boletín Estadístico de Defunción
1.Certificado Médico de Defunción. Editado por el Consejo General de
los Colegios Oficiales Médicos y con el sello oficial del Colegio Médico Provincial, en
él se registran los siguientes datos:
·Identificación del cadáver. El facultativo se asegurará de la
identidad del sujeto, bien porque ya le es conocido de ciencia propia o mediante examen de
documentación oficial (DNI, pasaporte...)
Identificación del facultativo que expide el certificado,
haciendo constar el nº de colegiado.
Data de la muerte, haciendo referencia en la hora y día en que
se produjo el fallecimiento, cuando el facultativo presencia la muerte no hay duda sobre
la data. En el supuesto de que cuando lleguemos sea ya cadáver, nos basaremos en la
evolución de los fenómenos cadavéricos (enfriamiento, deshidratación, livideces,
rigidez cadavérica) para fijar la data y confirmar los datos que aportan los familiares.
Causa inmediata del fallecimiento, viene determinada por la
lesión, enfermedad o complicación que ha producido la muerte, se hará constar una causa
única.
Causa fundamental, es la lesión o enfermedad que inició las
alteraciones que conducen a la muerte. Se reflejará una única causa que debe tener
relación etiológica o fisiopatológica con la causa inmediata independientemente del
tiempo transcurrido entre una y otra.
Ejemplos: Insuficiencia Cardiaca como causa inmediata en un Infarto
Agudo de Miocardio como causa fundamental, Shock Hipovolémico como causa inmediata de una
Hemorragia Digestiva Aguda en una Cirrosis Hepática como causa fundamental.
El certificado dispone de un apartado de observación especial
para rellenar en caso de que existan indicios de muerte violenta.
2.Boletín Estadístico de Defunción. Editado por el Instituto
Nacional de Estadística, es la fuente exclusiva de la estadística de defunciones. Consta
de tres partes:
Datos de la Inscripción, a rellenar por el encargado del
Registro Civil
Datos del fallecido, a rellenar por los familiares o persona
obligada por Ley a declarar la defunción.
Causas de la defunción, a rellenar por el médico que certifico
la defunción y en su defecto por un funcionario del Registro Civil, consta de tres
subapartados.
Causa Inmediata
Causa Antecedente
Intermedia (enfermedad o lesión, si la hay, que haya
contribuido a la inmediata)
Inicial o Fundamental
Otros procesos que contribuyeron a la muerte, pero no
relacionados ni desencadenantes de la causa inicial o fundamental (embarazo, parto...), se
anotarán por orden de importancia.