Indice
|Información General
| Temario | Boletín
de inscripción | Area
de Evaluación
| AULA
ACREDITADA |
| | | ACTIVIDAD
ACREDITADA POR LA COMISIÓN DE FORMACIÓN CONTINUADA Sistema
Nacional de Salud Ministerio de Sanidad y Consumo | PROGRAMA
ANUAL 2003 DE FORMACIÓN CONTINUADA ACREDITADA PARA MÉDICOS
DE ATENCIÓN PRIMARIA |
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| Los
médicos inscritos podrán alcanzar la acreditación del Programa.
La cumplimentación de los cuestionarios de evaluación para cada
tema del Programa se hará por soporte electrónico. La evaluación
de los cuestionarios-respuestas se llevará a cabo por una agencia independiente
especializada. Teléfono
de atención a los médicos participantes: 91.749.95.13 (Srta. Emma
Fernández). | ÉTICA
MÉDICA Y LEGISLACIÓN SANITARIA La
historia clínica y el secreto médicoLa
historia clínica es el documento fundamental en la relación médico-paciente,
siendo su regulación legal escasa en términos generales. Todo ello
crea inseguridad en cuestiones como propiedad, naturaleza, contenido, etc.
De
acuerdo con el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, historia
es la "narración y exposición ordenada de acontecimientos pasados
y cosas memorables", dando también este nombre a la narración
y exposición ordenada de sucesos, hechos o manifestaciones de la actividad
humana de cualquier otra clase, mientras que clínica o clínico es,
según el mismo Diccionario, "la parte práctica de la enseñanza
de la Medicina, la relación de datos con significación médica
referente a un enfermo, el tratamiento a que se somete y la evolución de
su enfermedad".
La historia clínica no se limita a ser una
narración o exposición de hechos, sino que incluye juicios, documentos,
procedimientos e informaciones; es un documento que se va haciendo en el tiempo,
documentando fundamentalmente la relación médico-paciente (según
R. De Lorenzo y A. Bascones).
Suele aceptarse la definición de Balcells
Gorina y Noguer Molins sobre historia clínica como "el relato escrito
o verbal de la enfermedad del paciente, y por extensión, el documento en
que aquel relato se recoge o refleja y se guarda o conserva".
Desde
el punto de vista médico, suele precisarse que la información puede
obtenerse por distintas vías, bien del propio paciente, bien de la exploración
clínica y exámenes complementarios realizados por el médico
y, finalmente, por juicios de valor que el propio médico extrae o de documentos
que él elabora para fundar un diagnóstico, prescribir el tratamiento
y, finalmente, dejar constancia del curso de la enfermedad.
El Código
de Etica y Deontología Médica impone a todos los médicos
el deber de redactar y conservar la historia clínica en interés
del paciente y se preocupa de la garantía del secreto médico y de
sus formas de transmisión. Desde el punto de vista jurídico,
el concepto de historia clínica que se desprende de las definiciones extraídas
del campo médico sigue resultando insuficiente, ya que se prescinde de
su carácter relacional. Es la historia clínica un documento esencial
en el que deben constar los datos de mayor relevancia jurídica en el curso
de la relación médico-paciente, como el consentimiento y la información,
y no sólo el curso de la relación.
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