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AULA ACREDITADA
  
ACTIVIDAD ACREDITADA
POR LA COMISIÓN DE FORMACIÓN CONTINUADA
Sistema Nacional de Salud
Ministerio de Sanidad y Consumo
PROGRAMA ANUAL 2003
DE FORMACIÓN CONTINUADA ACREDITADA
PARA MÉDICOS DE ATENCIÓN PRIMARIA
  
Los médicos inscritos podrán alcanzar la acreditación del Programa.
La cumplimentación de los cuestionarios de evaluación para cada tema del Programa se hará por soporte electrónico. La evaluación de los cuestionarios-respuestas se llevará a cabo por una agencia independiente especializada.

Teléfono de atención a los médicos participantes: 91.749.95.13 (Srta. Emma Fernández).

 

ÉTICA MÉDICA Y LEGISLACIÓN SANITARIA

Protección de datos: Nacimiento y desarrollo


Tras la Segunda Guerra Mundial las amenazas institucionales que se ciernen sobre la esfera íntima del individuo no cesan de acentuarse. La protección de la esfera privada adquiere una nueva dimensión. No se trata tan sólo de excluir nuestra esfera personal del conocimiento ajeno, sino también de preservar nuestra identidad y nuestra libertad frente al control permanente e invisible que proporciona el poder informático.

La informática proporciona una gran facilidad de intercambio de información e inevitablemente se ha producido un movimiento en defensa de la intimidad, y, aunque los ficheros informatizados actúen como revulsivo, la posibilidad de quebrantar la intimidad abarca a todos los ficheros que contienen información sobre las personas, manuales, informatizados, públicos, privados, nacionales e internacionales.

Desde 1968 diversos países intentaron dar solución a los problemas relacionados con la protección de datos de carácter personal por la vía del proyecto o la proposición de ley. Desde un principio existe un contenido mínimo que está presente en todos los textos y que se concreta en varias soluciones normativas:

- Reconocimiento de un derecho de acceso a los datos personales registrados.
- Reconocimiento de un derecho de rectificación de los datos inexactos.
- Establecimiento de una instancia de control.

El derecho de acceso, modificación y cancelación de los datos de carácter personal se encuentra protegido en las distintas Recomendaciones y en las leyes de los distintos países europeos.

Desde que se comenzó a legislar se fue dejando claro que los datos que se obtenían solamente se podrían utilizar con la finalidad para la que fueron recabados y que sólo se podrían utilizar para cualquier otra cosa con el consentimiento del interesado.

En España, la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, que se publicó después de un amplio estudio en Congreso y Senado, legisló todo lo relativo a los datos informatizados de carácter personal, sea cual sea su naturaleza. En ella se recogían los principios y derechos que en las teorías generales sobre protección de datos están considerados como básicos y se creaba la Agencia de Protección de Datos. Dicha ley ha sido derogada el 14 de enero del año 2000, al entrar en vigor la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La Agencia de Protección de Datos es un ente de Derecho público que tiene por objeto la garantía del cumplimiento y aplicación de las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. Actúa con plena independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones y se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Justicia. Tiene como funciones principales el velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y controlar su aplicación, en especial en lo relativo a los derechos de información, acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos.


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