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AULA ACREDITADA
  
ACTIVIDAD ACREDITADA
POR LA COMISIÓN DE FORMACIÓN CONTINUADA
Sistema Nacional de Salud
Ministerio de Sanidad y Consumo
PROGRAMA ANUAL 2003
DE FORMACIÓN CONTINUADA ACREDITADA
PARA MÉDICOS DE ATENCIÓN PRIMARIA
  
Los médicos inscritos podrán alcanzar la acreditación del Programa.
La cumplimentación de los cuestionarios de evaluación para cada tema del Programa se hará por soporte electrónico. La evaluación de los cuestionarios-respuestas se llevará a cabo por una agencia independiente especializada.

Teléfono de atención a los médicos participantes: 91.749.95.13 (Srta. Emma Fernández).

 

ÉTICA MÉDICA Y LEGISLACIÓN SANITARIA

Conclusiones

Podemos decir que frente a la prioridad de los derechos de la persona a la confidencialidad de sus datos médicos, incorporados a la historia clínica, sólo podrá prevalecer un interés superior en una sociedad democrática que se concrete, siempre de forma motivada y con el suficiente reconocimiento legal, en un objetivo necesario para la protección y la promoción de la salud pública.

Toda información relativa a los datos médicos del paciente, debe ser obtenida, tratada y custodiada por profesionales de la salud.

En casos excepcionales muy relevantes, previamente fijados por la Ley, se podrá prescindir del paciente para la utilización de sus datos sanitarios en beneficio de la sociedad, procurando su despersonalización.

La obligación de guardar secreto cesaría cuando: la persona interesada permite la revelación, la materia deja de ser concreta, la violación del secreto evitará un grave daño al bien común o a una tercera persona.

En la actualidad, los ficheros que contienen datos de carácter personal relativos a la salud en el ámbito sanitario tienen un nivel de protección poco satisfactorio. Muchos de ellos no se encuentran registrados en el Registro de la Agencia de Protección de Datos. Se hace necesaria una nueva concienciación de todas las personas relacionadas con la salud en la que la protección de datos médicos sea conocida y reconocida a nivel legislativo y a nivel deontológico. La difusión, la información de todo lo relacionado con la protección de datos de carácter personal, y de manera especial los datos relativos a la salud, es la base fundamental para la defensa del derecho a la intimidad de las personas.


BIBLIOGRAFÍA

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- Legislación actualizada reseñada en el texto.







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