ÉTICA
MÉDICA Y LEGISLACIÓN SANITARIA
La
intimidad antes de la constitución de 1978
A
partir de las modernas Constituciones formales en el siglo XIX, numerosas disposiciones
recogidas en los variados códigos de nuestra historia jurídica contienen
diversas prescripciones sobre aspectos concretos de la intimidad, especialmente
sobre la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia:

En
la Constitución de 1808 -el Estatuto de Bayona-, la Constitución
de 1812, la Constitución de 1837; hacen todas ellas referencia a este tema.
En
el siglo XX la Constitución de 1931 regula la libre circulación
y la inviolabilidad del domicilio.
Posteriormente, las Leyes Fundamentales,
que aunque no eran una constitución, han regido en España durante
un considerable período de tiempo, se hacía referencia a la inviolabilidad
del domicilio pero con un matiz: "la autoridad competente", y no exclusivamente
los jueces, podrán autorizar y realizar los registros domiciliarios.
En
el Fuero del Trabajo y en el Fuero de los Españoles hay referencias a la
conexión entre la intimidad y el domicilio.